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[REVISTA
EXTRANJERIA] |
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Revista
semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España |
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[L] | [BOE] Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad
Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Aplicacion provisional. [BOE 8 - 1 - 2011]
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| [J] | [TS][Contencioso-Advo] IRPF. Trabajadores extranjeros en España. Futbolistas profesionales. Derechos de
imagen pagados a una empresa domicilada en Argentina. La Sala de instancia desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto
por el
VALENCIA CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. («Valencia CF», en adelante), contra la
resolución dictada el 27 de
febrero de 2004, por el Tribunal Económico- Administrativo Central. Esta
decisión administrativa había
confirmado la liquidación girada el 25 de septiembre de 2002 por la Oficina
Nacional de Inspección de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria al «Valencia CF», en concepto de
retenciones e ingresos a
cuenta del trabajo personal en el impuesto sobre la renta de las personas
físicas correspondiente a los
ejercicios 1996 y 1997, por importe total de 3.972.740,86 euros.
El análisis de la cuestión exige determinar si esos rendimientos obtenidos por
una sociedad no residente en España, procedentes del abono efectuado por una
entidad, la aquí recurrente,
residente en territorio español, por razón de la cesión del uso de los derechos
de imagen de un deportista.
[Texto completo]
| [J] | [TS][Contencioso-Advo] Responsabilidad patrimonial. Prisión preventiva de extranjero inocente que le
impide renovar su permiso de trabajo. Es objeto de impugnación en el presente recurso de casación la sentencia dictada
por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la
Audiencia Nacional el 31 de octubre de 2005, en el recurso contencioso
administrativo nº 38/2004 , desestimatoria del interpuesto por el también aquí
recurrente contra resolución del Ministerio de Justicia, de fecha 10 de julio
de 2003, por la que se le denegó la indemnización de 30.000.000 de pesetas,
solicitada en concepto de responsabilidad patrimonial por dilaciones en la
tramitación de procedimiento penal y permanencia en prisión preventiva.
La sentencia, bajo el epígrafe antecedentes de hecho, recoge aquellos
antecedentes fácticos que considera deben tenerse en cuenta para el correcto
enjuiciamiento del recurso, en los siguientes términos:
"PRIMERO .-Para el correcto enjuiciamiento del recurso que examinamos, debemos
tener en cuenta los siguientes antecedentes fácticos:
1º) Con fecha 5 de junio de 1985, y a resulta de las actuaciones policiales
seguidas por un presunto de delito contra la salud pública, el recurrente fue
detenido por la policía, ingresando en prisión preventiva donde permaneció
hasta el día 6 de diciembre de 1985, fecha en la que fue puesto en libertad
bajo fianza.
2º) Seguidas las actuaciones penales consecuentes a la actuación policial, con
fecha 23 de diciembre de 1992 la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la
Audiencia Nacional dictó sentencia condenando al recurrente como responsable
criminalmente en concepto de autor de un delito contra la salud pública, en su
modalidad de tráfico de drogas (art. 344.1 del Código Penal ), a la pena de dos
años de prisión menor y multa de 40.000 pesetas, y cuatro días de arresto
sustitutorio en caso de impago.
3º) Contra la referida sentencia el recurrente interpuso recurso de casación,
que fue desestimado por sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 10
de febrero de 1996 .
4º) El recurrente interpuso entonces recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional, que fue estimado por sentencia de la Sala Segunda del Tribunal
Constitucional de 26 de junio de 2000 . La expresada resolución del Tribunal
Constitucional declaró que la sentencia de la Audiencia Nacional de 23 de
diciembre de 1992 y la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 1996
habían vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del recurrente, y para
restablecer al recurrente en su derecho, anuló ambas sentencias en el particular
relativo a su condena como autor de un delito contra la salud pública.
SEGUNDO .-Considerando el recurrente que se habían producido dilaciones en la
tramitación del procedimiento penal y que su permanencia en prisión preventiva
había sido indebida, a la vista de la sentencia del Tribunal Constitucional,
dirigió una petición al Ministerio de Justicia reclamando una indemnización de
30.000.000 de pesetas, solicitud que fue desestimada por resolución del
Ministro de Justicia de 10 de julio de 2003.
En la citada resolución administrativa, el Ministerio de Justicia considera, en
síntesis, con relación a la reclamación por prisión indebida, que en la
sentencia de la Audiencia Nacional se había declarado probado que el recurrente
era propietario de un bar frecuentado por personas que se dedicaban al tráfico
de drogas, estimándose que el acusado conocía dicha circunstancia y participaba
en ella, y existiendo, según la Audiencia, elementos de prueba suficientes para
considerar que participó en dicho tráfico; la Sala Segunda del Tribunal Supremo
estimó en su sentencia que no quedaba acreditado que el recurrente fuera autor
directo del delito por la inexistencia de indicios suficientes, pero consideró
que había sido autor del delito <>, ya que conocía el tráfico que
se producía en el local de su propiedad; y el Tribunal Constitucional había
puesto de manifiesto en su sentencia que no existían indicios o pruebas
concluyentes para condenar al imputado por un delito de tráfico de drogas, ya
que no había quedado acreditado que conociera las actividades delictivas que se
llevaban a cabo en su establecimiento, es más, ni siquiera había quedado
acreditado que dicha actividad existiera, por lo que las sentencias de la
Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo habían vulnerado el principio de
presunción de inocencia recogido en el artículo 24 de la Constitución.
Consecuentemente, la absolución del recurrente dimanaba de la sentencia del
Tribunal Constitucional, que consideraba vulnerado el principio de presunción
de inocencia pero, en ningún caso, de la probada inexistencia del delito
(inexistencia objetiva), ni de la desvinculación con relación al mismo del
recurrente (inexistencia subjetiva), por lo que no procedía el reconocimiento
del derecho a indemnización por prisión indebida al amparo del artículo 294 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial .
En cuanto a la reclamación por la larga duración del procedimiento penal, según
la resolución administrativa debía considerarse extemporánea, dado que la
sentencia del Tribunal Supremo era de fecha 10 de febrero de 1996 , sin que
tuviera efectos interruptivos del plazo de prescripción la interposición del
recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, puesto que en él no se había
alegado la infracción del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.
Contra esta última resolución se interpone el recurso contencioso
administrativo objeto de autos. El Supremo desestima el recurso.
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| [N] | Los extranjeros ya no tienen interés por vivir en España En el tercer trimestre de 2010 sólo creció la inmigración legal en diez mil
personas (abc.es) [4 - 1 - 2011]
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| [N] | Más poder en los juzgados para UGT y CCOO La nueva Ley de Jurisdicción Social otorga a los sindicatos la representación de
los trabajadores, incluso sin ser afiliados. Les ahorrará importantes costes al
exonararles de la obligación de hacer depósitos, que sí mantiene para CEOE.
(expansion.com) [4 - 1 - 2011]
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| [N] | Los padres trabajadores ya pueden solicitar la prestación para el cuidado de
menores con cáncer o enfermedad grave Los padres trabajadores ya pueden solicitar la prestación para el cuidado de
menores con cáncer o enfermedad grave ante la Mutua de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o la Entidad Gestora con
quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.
Las solicitudes están disponibles en la página web de la Seguridad Social. [7 - 1 - 2011]
[Texto completo]
| [N] | La UE pondrá coto a la circulación de datos personales en Internet Los ciudadanos reclaman el derecho a borrar datos personales que atenten contra
su intimidad y reputación - La UE quiere regular el almacenamiento eterno de
información en la Red (elpais.com) [7 - 1 - 2011]
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| [N] | Sarkozy abre la vía a la reforma de la semana laboral de 35 horas El presidente francés, Nicolas Sarkozy, abrió este jueves la vía a la reforma de
la semana laboral de 35 horas aunque con la condición de que no bajen ni el
poder adquisitivo de los trabajadores ni la competitividad de las empresas.
(20minutos.es) [7 - 1 - 2011]
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| [N] | INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de igualdad y trato. El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Sanidad,
Política Social e Igualdad sobre el anteproyecto de Ley Integral para la
Igualdad de Trato y la No Discriminación.
Es una ley general, de garantías y de derecho antidiscriminatorio. Incluye a
todas las personas, incluidas las personas jurídicas, y alcanza todos los
ámbitos de la vida política, económica, cultural y social
[10 - 1 - 2011]
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| [N] | EEUU estudia un sistema de identificación para usuarios de Internet El Gobierno de EEUU ha anunciado un plan para desarrollar una identificación
digital para usuarios de Internet, inicialmente concebido para "fomentar la
confianza y la privacidad en la Red". (elmundo.es) [10 - 1 - 2011]
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| [N] | El asilo a los saharauis inquieta al Gobierno Temor a que se abra otro frente con Rabat por la veintena de saharauis que
solicita asilo político en España (abc.es) [10 - 1 - 2011]
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| [N] | Europa exige hablar las lenguas oficiales a los inmigrantes Los partidos progresistas denuncian que no se dan recursos a los extranjeros
para estudiar (publico.es) [10 - 1 - 2011]
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| [N] | Los inmigrantes de patera pasan a ser asilados políticos Canarias cerró 2010 con la cifra más baja de llegada de indocumentados de los
diez últimos años a las Islas (laprovincia.es) [10 - 1 - 2011]
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