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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 10 de enero de 2011
Año 8, Núm. 316
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
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[L]

[BOE] Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Aplicacion provisional.
[BOE 8 - 1 - 2011] [Texto completo]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] IRPF. Trabajadores extranjeros en España. Futbolistas profesionales. Derechos de imagen pagados a una empresa domicilada en Argentina.
La Sala de instancia desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el VALENCIA CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. («Valencia CF», en adelante), contra la resolución dictada el 27 de febrero de 2004, por el Tribunal Económico- Administrativo Central. Esta decisión administrativa había confirmado la liquidación girada el 25 de septiembre de 2002 por la Oficina Nacional de Inspección de la Agencia Estatal de Administración Tributaria al «Valencia CF», en concepto de retenciones e ingresos a cuenta del trabajo personal en el impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente a los ejercicios 1996 y 1997, por importe total de 3.972.740,86 euros.
El análisis de la cuestión exige determinar si esos rendimientos obtenidos por una sociedad no residente en España, procedentes del abono efectuado por una entidad, la aquí recurrente, residente en territorio español, por razón de la cesión del uso de los derechos de imagen de un deportista. [Texto completo]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Responsabilidad patrimonial. Prisión preventiva de extranjero inocente que le impide renovar su permiso de trabajo.
Es objeto de impugnación en el presente recurso de casación la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional el 31 de octubre de 2005, en el recurso contencioso administrativo nº 38/2004 , desestimatoria del interpuesto por el también aquí recurrente contra resolución del Ministerio de Justicia, de fecha 10 de julio de 2003, por la que se le denegó la indemnización de 30.000.000 de pesetas, solicitada en concepto de responsabilidad patrimonial por dilaciones en la tramitación de procedimiento penal y permanencia en prisión preventiva.
La sentencia, bajo el epígrafe antecedentes de hecho, recoge aquellos antecedentes fácticos que considera deben tenerse en cuenta para el correcto enjuiciamiento del recurso, en los siguientes términos:
"PRIMERO .-Para el correcto enjuiciamiento del recurso que examinamos, debemos tener en cuenta los siguientes antecedentes fácticos:
1º) Con fecha 5 de junio de 1985, y a resulta de las actuaciones policiales seguidas por un presunto de delito contra la salud pública, el recurrente fue detenido por la policía, ingresando en prisión preventiva donde permaneció hasta el día 6 de diciembre de 1985, fecha en la que fue puesto en libertad bajo fianza.
2º) Seguidas las actuaciones penales consecuentes a la actuación policial, con fecha 23 de diciembre de 1992 la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó sentencia condenando al recurrente como responsable criminalmente en concepto de autor de un delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas (art. 344.1 del Código Penal ), a la pena de dos años de prisión menor y multa de 40.000 pesetas, y cuatro días de arresto sustitutorio en caso de impago.
3º) Contra la referida sentencia el recurrente interpuso recurso de casación, que fue desestimado por sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 1996 .
4º) El recurrente interpuso entonces recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue estimado por sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional de 26 de junio de 2000 . La expresada resolución del Tribunal Constitucional declaró que la sentencia de la Audiencia Nacional de 23 de diciembre de 1992 y la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 1996 habían vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del recurrente, y para restablecer al recurrente en su derecho, anuló ambas sentencias en el particular relativo a su condena como autor de un delito contra la salud pública.
SEGUNDO .-Considerando el recurrente que se habían producido dilaciones en la tramitación del procedimiento penal y que su permanencia en prisión preventiva había sido indebida, a la vista de la sentencia del Tribunal Constitucional, dirigió una petición al Ministerio de Justicia reclamando una indemnización de 30.000.000 de pesetas, solicitud que fue desestimada por resolución del Ministro de Justicia de 10 de julio de 2003.
En la citada resolución administrativa, el Ministerio de Justicia considera, en síntesis, con relación a la reclamación por prisión indebida, que en la sentencia de la Audiencia Nacional se había declarado probado que el recurrente era propietario de un bar frecuentado por personas que se dedicaban al tráfico de drogas, estimándose que el acusado conocía dicha circunstancia y participaba en ella, y existiendo, según la Audiencia, elementos de prueba suficientes para considerar que participó en dicho tráfico; la Sala Segunda del Tribunal Supremo estimó en su sentencia que no quedaba acreditado que el recurrente fuera autor directo del delito por la inexistencia de indicios suficientes, pero consideró que había sido autor del delito <>, ya que conocía el tráfico que se producía en el local de su propiedad; y el Tribunal Constitucional había puesto de manifiesto en su sentencia que no existían indicios o pruebas concluyentes para condenar al imputado por un delito de tráfico de drogas, ya que no había quedado acreditado que conociera las actividades delictivas que se llevaban a cabo en su establecimiento, es más, ni siquiera había quedado acreditado que dicha actividad existiera, por lo que las sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo habían vulnerado el principio de presunción de inocencia recogido en el artículo 24 de la Constitución. Consecuentemente, la absolución del recurrente dimanaba de la sentencia del Tribunal Constitucional, que consideraba vulnerado el principio de presunción de inocencia pero, en ningún caso, de la probada inexistencia del delito (inexistencia objetiva), ni de la desvinculación con relación al mismo del recurrente (inexistencia subjetiva), por lo que no procedía el reconocimiento del derecho a indemnización por prisión indebida al amparo del artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
En cuanto a la reclamación por la larga duración del procedimiento penal, según la resolución administrativa debía considerarse extemporánea, dado que la sentencia del Tribunal Supremo era de fecha 10 de febrero de 1996 , sin que tuviera efectos interruptivos del plazo de prescripción la interposición del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, puesto que en él no se había alegado la infracción del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.
Contra esta última resolución se interpone el recurso contencioso administrativo objeto de autos. El Supremo desestima el recurso. [Texto completo]


[N]

Los extranjeros ya no tienen interés por vivir en España
En el tercer trimestre de 2010 sólo creció la inmigración legal en diez mil personas (abc.es) [4 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

Más poder en los juzgados para UGT y CCOO
La nueva Ley de Jurisdicción Social otorga a los sindicatos la representación de los trabajadores, incluso sin ser afiliados. Les ahorrará importantes costes al exonararles de la obligación de hacer depósitos, que sí mantiene para CEOE. (expansion.com) [4 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

Los padres trabajadores ya pueden solicitar la prestación para el cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave
Los padres trabajadores ya pueden solicitar la prestación para el cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave ante la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales. Las solicitudes están disponibles en la página web de la Seguridad Social. [7 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

La UE pondrá coto a la circulación de datos personales en Internet
Los ciudadanos reclaman el derecho a borrar datos personales que atenten contra su intimidad y reputación - La UE quiere regular el almacenamiento eterno de información en la Red (elpais.com) [7 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

Sarkozy abre la vía a la reforma de la semana laboral de 35 horas
El presidente francés, Nicolas Sarkozy, abrió este jueves la vía a la reforma de la semana laboral de 35 horas aunque con la condición de que no bajen ni el poder adquisitivo de los trabajadores ni la competitividad de las empresas. (20minutos.es) [7 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de igualdad y trato.
El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad sobre el anteproyecto de Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
Es una ley general, de garantías y de derecho antidiscriminatorio. Incluye a todas las personas, incluidas las personas jurídicas, y alcanza todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social [10 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

EEUU estudia un sistema de identificación para usuarios de Internet
El Gobierno de EEUU ha anunciado un plan para desarrollar una identificación digital para usuarios de Internet, inicialmente concebido para "fomentar la confianza y la privacidad en la Red". (elmundo.es) [10 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

El asilo a los saharauis inquieta al Gobierno
Temor a que se abra otro frente con Rabat por la veintena de saharauis que solicita asilo político en España (abc.es) [10 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

Europa exige hablar las lenguas oficiales a los inmigrantes
Los partidos progresistas denuncian que no se dan recursos a los extranjeros para estudiar (publico.es) [10 - 1 - 2011] [Texto completo]


[N]

Los inmigrantes de patera pasan a ser asilados políticos
Canarias cerró 2010 con la cifra más baja de llegada de indocumentados de los diez últimos años a las Islas (laprovincia.es) [10 - 1 - 2011] [Texto completo]



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