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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 6 de julio de 2009
Año 6, Núm. 247
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
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[DOCE] Directiva 2009/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, por la que se establecen normas mínimas sobre las sanciones y medidas aplicables a los empleadores de nacionales de terceros países en situación irregular
La presente Directiva prohíbe el empleo de nacionales de terceros países que se encuentren en situación irregular con el fin de combatir la inmigración clandestina. A tal fin, establece unas normas comunes mínimas sobre las sanciones y medidas aplicables en los Estados miembros a los empleadores que no respeten dicha prohibición. [DOCE 30 - 6 - 2009] [Texto completo]


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[DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Antigua y Barbuda sobre exención de visados para estancias de corta duración
[DOCE 30 - 6 - 2009] [Texto completo]


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[DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Barbados sobre exención de visados para estancias de corta duración
[DOCE 30 - 6 - 2009] [Texto completo]


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[DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Mauricio sobre exención de visados para estancias de corta duración
[DOCE 30 - 6 - 2009] [Texto completo]


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[DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Commonwealth de las Bahamas sobre exención de visados para estancias de corta duración
[DOCE 30 - 6 - 2009] [Texto completo]


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[DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de las Seychelles sobre exención de visados para estancias de corta duración
[DOCE 30 - 6 - 2009] [Texto completo]


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[DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de San Cristóbal y Nieves sobre exención de visados para estancias de corta duración
[DOCE 30 - 6 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOCG] Proyecto de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

tres son las causas que justifican la reforma que se propone de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en su redacción actual:

a) La necesidad de incorporar a dicha Ley Orgánica la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, dando para ello una nueva redacción acorde con la Constitución, a los artículos de la misma que se han declarado inconstitucionales.

b) La necesidad de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico, a través de la indicada Ley Orgánica, las Directivas europeas sobre inmigración que están pendientes de transposición o que no se han transpuesto plenamente.

c) La necesidad de adaptar la referida Ley Orgánica a la nueva realidad migratoria en España que presenta unas características y plantea nuevos problemas respecto de los que existían cuando se aprobó la última reforma de la ley.

En el Título Preliminar se introduce un nuevo artículo con el número 2 bis en el que se define la política migratoria, se establecen los principios y ejes de actuación de la misma y se indica su marco competencial, y un nuevo 2 ter que ordena los principios y actuaciones en materia de integración de los inmigrantes.

En el Título I se introducen importantes modificaciones con el fin de perfilar lo que debe ser el marco de derechos y libertades de los extranjeros, junto a las correspondientes obligaciones, que implique el reconocimiento de los derechos fundamentales a los extranjeros cualquiera que sea su situación en España, así como el establecimiento de un sistema progresivo de acceso a los otros derechos basado en el refuerzo del estatus jurídico a medida que aumenta el periodo de residencia legal.

Destaca en este Título la nueva regulación de los derechos de reunión y manifestación, asociación, sindicación y huelga que podrán ejercerse de acuerdo con la Constitución Española, en los términos señalados por el Tribunal Constitucional, así como la nueva regulación que se hace de los derechos de educación, que se reconoce plenamente hasta los dieciocho años, así como el de asistencia jurídica gratuita, en cuya regulación se ha tenido en cuenta, además de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, las recomendaciones del Defensor del Pueblo. No obstante, debe señalarse igualmente que, según la propia interpretación del Tribunal Constitucional, ningún derecho es absoluto, lo que significa que el Estado mantiene toda la capacidad para imponer límites a la permanencia de los extranjeros cuando ésta no se sustenta en una residencia legal. También destaca en este Título la nueva regulación que se da al derecho de reagrupación familiar; el cambio fundamental que se introduce es que los beneficiarios de la reagrupación, en línea con lo que ocurre en la mayoría de los países de nuestro entorno, se acotan básicamente a los familiares que integran la familia nuclear; la novedad en este caso es que dentro de esta categoría de familiares se incluye a la pareja que tenga con el reagrupante análoga relación de afectividad que el cónyuge en el matrimonio y que a estos reagrupados se les facilita el acceso inmediato al mercado de trabajo. En cambio esta reforma lleva a que la reagrupación de los ascendentes se limite como norma general a los mayores de sesenta y cinco años, previendo que puedan existir razones humanitarias que la permitan con una edad inferior.

En el Título II se introducen importantes modificaciones, la mayoría de ellas consecuencia de la transposición de las Directivas europeas, destacando sobre todo las que incorporan nuevas situaciones de los extranjeros, las que están orientadas a perfeccionar el estatuto de los residentes de larga duración, las que están dirigidas a aumentar la eficacia de lucha contra la inmigración irregular, destacando entre ellas la creación de un registro para controlar las entradas y salidas. Cabe destacar también el nuevo artículo referido a las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, que les ofrece la posibilidad de obtener una autorización por circunstancias excepcionales y que pretende facilitar la denuncia de estos hechos. El proyecto introduce también modificaciones para perfeccionar el sistema de canalización legal y ordenada de los flujos migratorios, apostándose de nuevo por una inmigración ordenada en un marco de legalidad y consolidándose la política de inmigración que vincula la llegada de nuevos inmigrantes a las necesidades del mercado de trabajo. En este sentido, entre otras medidas regula con mayor nivel de concreción la situación nacional de empleo en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura y limita las autorizaciones iniciales a una ocupación y ámbito territorial.

En el Título III, con el objetivo de reforzar la lucha contra la inmigración irregular se prevén nuevas infracciones para evitar actuaciones fraudulentas, tales como los matrimonios de conveniencia, la promoción de la inmigración irregular por medios indirectos o el falseamiento de los datos para el empadronamiento. Con la misma finalidad se propone el aumento de las sanciones económicas para todas las infracciones. Asimismo, se introducen determinadas modificaciones con el fin de dotar de mayor eficacia y más garantías, a las medidas de suspensión y devolución; también se contempla la ampliación del plazo de internamiento que pasaría a los 60 días desde los 40 que se aplican actualmente, así como se mejora la seguridad jurídica de los afectados, por estas medidas con la concesión de un plazo de cumplimiento voluntario de la orden de expulsión.

En el Título IV se introducen determinadas modificaciones con el fin de reforzar la coordinación y cooperación de las Administraciones Públicas en materia de inmigración y de institucionalizar en esta materia la participación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

Entre las modificaciones que se introducen destacan la incorporación a la Ley de la Conferencia Sectorial de Inmigración, como cauce más eficaz para canalizar la cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, así como la exigencia de una actuación coordinada de ambas Administraciones Públicas, cuando la Comunidad Autónoma hubiera asumido competencias en materia de autorización inicial de trabajo.

Otra modificación importante es que la Ley reconoce e institucionaliza la Comisión Laboral Tripartita como cauce institucional para establecer el diálogo con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en materia de inmigración.

[BOCG 1 - 7 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOE] Instrumento de ratificación del Convenio complementario al Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay de 1 de diciembre de 1997, hecho en Segovia el 8 de septiembre de 2005.
[BOE 2 - 7 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOE] Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Albania sobre cooperación en la lucha contra la delincuencia, hecho en Tirana el 20 de mayo de 2009.
[BOE 4 - 7 - 2009] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Directiva 2009/69/CE del Consejo, de 25 de junio de 2009, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido en lo que respecta a la evasión fiscal vinculada a la importación
[DOCE 4 - 7 - 2009] [Texto completo]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Nacionalidad por residencia. Informes policiales impiden el requisito de buena conducta cívica
El presente recurso de casación es interpuesto por la representación procesal de don Justino contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 3ª) de la Audiencia Nacional de 3 de marzo de 2005 . Esta confirma la resolución del Ministerio de Justicia de 3 de julio de 2003, que denegó la concesión de la nacionalidad española por residencia solicitada por el recurrente, por no haber sido acreditada la buena conducta cívica.
La sentencia ahora impugnada tiene por probado lo siguiente: Resulta de lo actuado que el demandante, natural de Chile, está casado desde el 24/4/1987 con la ciudadana española, con la que tiene dos hijas, es marino y se encuentra en paro, sin percibir subsidio de desempleo, titular de una cuenta corriente con un saldo medio de 8.000.000 de pesetas, y siendo la vivienda de su propiedad. A lo anterior es de añadir que desde el año 1983 hasta 1993 tuvo varias órdenes de busca y captura, que respectivamente se dejaron sin efecto, también varias detenciones por hurto y por infracciones a la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación. Por auto de 20/7/1993 se declaró prescrita una pena de multa de 30.000 pesetas después de ser hallado tras estar en busca por ignorado paradero. En 20/2/2001 se interesó su busca por una falta de hurto, de la que fue absuelto por sentencia de 11/9/2001. En el mes de febrero de 2003 se le cancelan todos los antecedentes desfavorables de carácter policial, habiendo solicitado la nacionalidad por residencia en el mes de mayo de 2001. La resolución recurrida denegó la nacionalidad por no haberse justificado suficientemente buena conducta cívica. [Texto completo]


[N]

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social pone en marcha el Libro de Visitas informático
Sustituye a la versión convencional en formato papel y permitirá eliminar cargas administrativas redundantes, desfasadas o innecesarias [2 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

Italia endurece su ley inmigratoria: desde hoy un ilegal es un delincuente
Desde hoy un inmigrante indocumentado en Italia es oficialmente un delincuente, su vida y la de su familia será un pequeño infierno y si lo pescan pagará una multa salada y será expulsado de inmediato. Por las protestas en Europa, se excluyó la cárcel. La oposición y las organizaciones de derechos humanos condenaron la nueva ley. El Vaticano afirmó que las normas "traerán mucho dolor a los inmigrantes". (clarin.com) [3 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

Canarias amenaza con devolver la competencia sobre los menores inmigrantes
El vicepresidente del Gobierno canario, José Manuel Soria, advirtió, en una entrevista concedida a Europa Press, con la posibilidad de devolver la competencia de Inmigración sobre los menores inmigrantes que llegan a las islas, si el Gobierno no responde a las peticiones que está realizando el Ejecutivo canario en esta materia. Además, pidió que se contemple en la legislación el reagrupamiento de estos menores en sus países de origen. (europapress.es) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

Hacienda podrá exigir un tipo del 65% a profesionales
La nueva normativa antifraude ha abierto una peligrosa ventana a la Agencia Tributaria. Los profesionales que cobran a través de sociedades pueden enfrentarse a pagos de hasta el 65%. El Fisco revisará los impuestos de abogados, consultores y arquitectos, entre otros. (expansion.com) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

Italia: piden regularizar a extranjeros con trabajo
Lo reclamó un funcionario tras la aprobación de una dura ley inmigratoria. (clarin.com) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

ERC anuncia una enmienda a la totalidad de la ley de extranjería
El diputado de Esquerra Republicana de Catalunya Joan Tardà anunció hoy la presentación de una enmienda a la totalidad de la Ley de Extranjería del Gobierno, que en ERC consideran poco ambiciosa y con "retazos derechistas". (eleconomista.es) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

Las urgencias de los hospitales tendrán a partir de mañana un sistema de traducción simultánea con 50 idiomas
Los centros de salud contarán con el dispositivo en una semana y reducirá "el estrés" que provoca a los extranjeros no ser entendidos (europapress.es) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

Mª Carmen Dueñas: La reforma de la Ley de Extranjería es “insuficiente, de poco calado y no resuelve los problemas de la inmigración en España
La Secretaria Regional del PP de Melilla, Mª Carmen Dueñas, denunció que el Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Extranjería aprobado este pasado viernes por el Consejo de Ministros “reconoce el fracaso del modelo anterior y la política de papeles para todos y puertas abiertas que establecía el Reglamento Caldera del año 2005”, y que es una reforma “insuficiente y de poco calado, que no resuelve los principales problemas de la inmigración en nuestro país”. (melillahoy.es) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

CCOO anuncia su rechazo a la nueva Ley de Extranjería que prepara el Gobierno
Denuncian la situación de desamparo de los inmigrantes que se quedan sin trabajo (levante-emv.com) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]


[N]

Lula aprueba una ley para regularizar a casi 200.000 indocumentados en Brasil
El presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, ha sancionado una ley de amnistía que permitirá regularizar la situación de los cerca de 200.000 extranjeros que se calcula que viven indocumentados en el país. (abc.es) [6 - 7 - 2009] [Texto completo]



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