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[REVISTA
EXTRANJERIA] |
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Revista
semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España |
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[L] | [DOCE] Directiva 2009/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de
2009, por la que se establecen normas mínimas sobre las sanciones y medidas
aplicables a los empleadores de nacionales de terceros países en situación
irregular La presente Directiva prohíbe el empleo de nacionales de terceros
países que se encuentren en situación irregular con el fin de
combatir la inmigración clandestina. A tal fin, establece unas
normas comunes mínimas sobre las sanciones y medidas aplicables
en los Estados miembros a los empleadores que no respeten
dicha prohibición. [DOCE 30 - 6 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación
provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Antigua y Barbuda sobre
exención de visados para estancias de corta duración [DOCE 30 - 6 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación
provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Barbados sobre exención de
visados para estancias de corta duración [DOCE 30 - 6 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación
provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Mauricio
sobre exención de visados para estancias de corta duración [DOCE 30 - 6 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación
provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Commonwealth de las
Bahamas sobre exención de visados para estancias de corta duración [DOCE 30 - 6 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación
provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de las
Seychelles sobre exención de visados para estancias de corta duración [DOCE 30 - 6 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [DOCE] Decisión del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la firma y aplicación
provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de San
Cristóbal y Nieves sobre exención de visados para estancias de corta duración [DOCE 30 - 6 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [BOCG] Proyecto de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social.
tres son las causas que justifican la reforma
que se propone de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
enero, en su redacción actual:
a) La necesidad de incorporar a dicha Ley Orgánica
la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, dando
para ello una nueva redacción acorde con la Constitución,
a los artículos de la misma que se han declarado
inconstitucionales.
b) La necesidad de incorporar a nuestro ordenamiento
jurídico, a través de la indicada Ley Orgánica,
las Directivas europeas sobre inmigración que están
pendientes de transposición o que no se han transpuesto
plenamente.
c) La necesidad de adaptar la referida Ley Orgánica
a la nueva realidad migratoria en España que presenta
unas características y plantea nuevos problemas respecto
de los que existían cuando se aprobó la última
reforma de la ley.
En el Título Preliminar se introduce un nuevo artículo
con el número 2 bis en el que se define la política
migratoria, se establecen los principios y ejes de actuación
de la misma y se indica su marco competencial, y
un nuevo 2 ter que ordena los principios y actuaciones
en materia de integración de los inmigrantes.
En el Título I se introducen importantes modificaciones
con el fin de perfilar lo que debe ser el marco de
derechos y libertades de los extranjeros, junto a las
correspondientes obligaciones, que implique el reconocimiento
de los derechos fundamentales a los extranjeros
cualquiera que sea su situación en España, así como
el establecimiento de un sistema progresivo de acceso a
los otros derechos basado en el refuerzo del estatus
jurídico a medida que aumenta el periodo de residencia
legal.
Destaca en este Título la nueva regulación de los
derechos de reunión y manifestación, asociación, sindicación
y huelga que podrán ejercerse de acuerdo con la
Constitución Española, en los términos señalados por
el Tribunal Constitucional, así como la nueva regulación
que se hace de los derechos de educación, que se
reconoce plenamente hasta los dieciocho años, así
como el de asistencia jurídica gratuita, en cuya regulación
se ha tenido en cuenta, además de la jurisprudencia
del Tribunal Constitucional, las recomendaciones
del Defensor del Pueblo. No obstante, debe señalarse
igualmente que, según la propia interpretación del Tribunal
Constitucional, ningún derecho es absoluto, lo
que significa que el Estado mantiene toda la capacidad
para imponer límites a la permanencia de los extranjeros
cuando ésta no se sustenta en una residencia legal.
También destaca en este Título la nueva regulación
que se da al derecho de reagrupación familiar; el cambio
fundamental que se introduce es que los beneficiarios
de la reagrupación, en línea con lo que ocurre en la
mayoría de los países de nuestro entorno, se acotan
básicamente a los familiares que integran la familia
nuclear; la novedad en este caso es que dentro de esta
categoría de familiares se incluye a la pareja que tenga
con el reagrupante análoga relación de afectividad que
el cónyuge en el matrimonio y que a estos reagrupados
se les facilita el acceso inmediato al mercado de trabajo.
En cambio esta reforma lleva a que la reagrupación
de los ascendentes se limite como norma general a los
mayores de sesenta y cinco años, previendo que puedan
existir razones humanitarias que la permitan con una
edad inferior.
En el Título II se introducen importantes modificaciones,
la mayoría de ellas consecuencia de la transposición
de las Directivas europeas, destacando sobre
todo las que incorporan nuevas situaciones de los
extranjeros, las que están orientadas a perfeccionar el
estatuto de los residentes de larga duración, las que
están dirigidas a aumentar la eficacia de lucha contra la
inmigración irregular, destacando entre ellas la creación
de un registro para controlar las entradas y salidas.
Cabe destacar también el nuevo artículo referido a las
mujeres extranjeras víctimas de violencia de género,
que les ofrece la posibilidad de obtener una autorización
por circunstancias excepcionales y que pretende
facilitar la denuncia de estos hechos. El proyecto introduce
también modificaciones para perfeccionar el sistema
de canalización legal y ordenada de los flujos
migratorios, apostándose de nuevo por una inmigración
ordenada en un marco de legalidad y consolidándose la
política de inmigración que vincula la llegada de nuevos
inmigrantes a las necesidades del mercado de trabajo.
En este sentido, entre otras medidas regula con
mayor nivel de concreción la situación nacional de
empleo en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura
y limita las autorizaciones iniciales a una ocupación
y ámbito territorial.
En el Título III, con el objetivo de reforzar la lucha
contra la inmigración irregular se prevén nuevas infracciones
para evitar actuaciones fraudulentas, tales como
los matrimonios de conveniencia, la promoción de la
inmigración irregular por medios indirectos o el falseamiento
de los datos para el empadronamiento. Con la
misma finalidad se propone el aumento de las sanciones
económicas para todas las infracciones. Asimismo,
se introducen determinadas modificaciones con el fin
de dotar de mayor eficacia y más garantías, a las medidas
de suspensión y devolución; también se contempla
la ampliación del plazo de internamiento que pasaría a
los 60 días desde los 40 que se aplican actualmente, así
como se mejora la seguridad jurídica de los afectados,
por estas medidas con la concesión de un plazo de cumplimiento
voluntario de la orden de expulsión.
En el Título IV se introducen determinadas modificaciones
con el fin de reforzar la coordinación y cooperación
de las Administraciones Públicas en materia de
inmigración y de institucionalizar en esta materia la
participación de las organizaciones sindicales y empresariales
más representativas.
Entre las modificaciones que se introducen destacan
la incorporación a la Ley de la Conferencia Sectorial
de Inmigración, como cauce más eficaz para canalizar
la cooperación entre la Administración General del
Estado y las Comunidades Autónomas, así como la exigencia
de una actuación coordinada de ambas Administraciones
Públicas, cuando la Comunidad Autónoma
hubiera asumido competencias en materia de autorización
inicial de trabajo.
Otra modificación importante es que la Ley reconoce
e institucionaliza la Comisión Laboral Tripartita
como cauce institucional para establecer el diálogo con
las organizaciones sindicales y empresariales más
representativas en materia de inmigración.
[BOCG 1 - 7 - 2009]
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| [L] | [BOE] Instrumento de ratificación del Convenio complementario al Convenio de Seguridad
Social entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay de 1 de
diciembre de 1997, hecho en Segovia el 8 de septiembre de 2005. [BOE 2 - 7 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [BOE] Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la República de
Albania sobre cooperación en la lucha contra la delincuencia, hecho en Tirana
el 20 de mayo de 2009. [BOE 4 - 7 - 2009]
[Texto completo]
| [L] | [DOCE] Directiva 2009/69/CE del Consejo, de 25 de junio de 2009, por la que se modifica
la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor
añadido en lo que respecta a la evasión fiscal vinculada a la importación [DOCE 4 - 7 - 2009]
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| [J] | [TS][Contencioso-Advo] Nacionalidad por residencia. Informes policiales impiden el requisito de buena
conducta cívica El presente recurso de casación es interpuesto por la representación procesal de
don Justino contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
(Sección 3ª) de la Audiencia Nacional de 3 de marzo de 2005 . Esta confirma la
resolución del Ministerio de Justicia de 3 de julio de 2003, que denegó la
concesión de la nacionalidad española por residencia solicitada por el
recurrente, por no haber sido acreditada la buena conducta cívica.
La sentencia ahora impugnada tiene por probado lo siguiente: Resulta de lo
actuado que el demandante, natural de Chile, está casado desde el 24/4/1987 con
la ciudadana española, con la que tiene dos hijas, es marino y se encuentra en
paro, sin percibir subsidio de desempleo, titular de una cuenta corriente con
un saldo medio de 8.000.000 de pesetas, y siendo la vivienda de su propiedad. A
lo anterior es de añadir que desde el año 1983 hasta 1993 tuvo varias órdenes de
busca y captura, que respectivamente se dejaron sin efecto, también varias
detenciones por hurto y por infracciones a la Ley de Peligrosidad y
Rehabilitación. Por auto de 20/7/1993 se declaró prescrita una pena de multa de
30.000 pesetas después de ser hallado tras estar en busca por ignorado paradero.
En 20/2/2001 se interesó su busca por una falta de hurto, de la que fue absuelto
por sentencia de 11/9/2001. En el mes de febrero de 2003 se le cancelan todos
los antecedentes desfavorables de carácter policial, habiendo solicitado la
nacionalidad por residencia en el mes de mayo de 2001. La resolución recurrida
denegó la nacionalidad por no haberse justificado suficientemente buena
conducta cívica.
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| [N] | La Inspección de Trabajo y Seguridad Social pone en marcha el Libro de Visitas
informático Sustituye a la versión convencional en formato papel y permitirá
eliminar cargas administrativas redundantes, desfasadas o innecesarias [2 - 7 - 2009]
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| [N] | Italia endurece su ley inmigratoria: desde hoy un ilegal es un delincuente Desde hoy un inmigrante indocumentado en Italia es oficialmente un delincuente,
su vida y la de su familia será un pequeño infierno y si lo pescan pagará una
multa salada y será expulsado de inmediato. Por las protestas en Europa, se
excluyó la cárcel. La oposición y las organizaciones de derechos humanos
condenaron la nueva ley. El Vaticano afirmó que las normas "traerán mucho dolor
a los inmigrantes". (clarin.com) [3 - 7 - 2009]
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| [N] | Canarias amenaza con devolver la competencia sobre los menores inmigrantes El vicepresidente del Gobierno canario, José Manuel Soria, advirtió, en una
entrevista concedida a Europa Press, con la posibilidad de devolver la
competencia de Inmigración sobre los menores inmigrantes que llegan a las
islas, si el Gobierno no responde a las peticiones que está realizando el
Ejecutivo canario en esta materia. Además, pidió que se contemple en la
legislación el reagrupamiento de estos menores en sus países de origen.
(europapress.es) [6 - 7 - 2009]
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| [N] | Hacienda podrá exigir un tipo del 65% a profesionales La nueva normativa antifraude ha abierto una peligrosa ventana a la Agencia
Tributaria. Los profesionales que cobran a través de sociedades pueden
enfrentarse a pagos de hasta el 65%. El Fisco revisará los impuestos de
abogados, consultores y arquitectos, entre otros. (expansion.com) [6 - 7 - 2009]
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| [N] | Italia: piden regularizar a extranjeros con trabajo Lo reclamó un funcionario tras la aprobación de una dura ley inmigratoria.
(clarin.com) [6 - 7 - 2009]
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| [N] | ERC anuncia una enmienda a la totalidad de la ley de extranjería El diputado de Esquerra Republicana de Catalunya Joan Tardà anunció hoy la
presentación de una enmienda a la totalidad de la Ley de Extranjería del
Gobierno, que en ERC consideran poco ambiciosa y con "retazos derechistas".
(eleconomista.es)
[6 - 7 - 2009]
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| [N] | Las urgencias de los hospitales tendrán a partir de mañana un sistema de
traducción simultánea con 50 idiomas Los centros de salud contarán con el dispositivo en una semana y reducirá "el
estrés" que provoca a los extranjeros no ser entendidos (europapress.es) [6 - 7 - 2009]
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| [N] | Mª Carmen Dueñas: La reforma de la Ley de Extranjería es “insuficiente, de poco
calado y no resuelve los problemas de la inmigración en España
La Secretaria Regional del PP de Melilla, Mª Carmen Dueñas, denunció que el
Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Extranjería aprobado este pasado
viernes por el Consejo de Ministros “reconoce el fracaso del modelo anterior y
la política de papeles para todos y puertas abiertas que establecía el
Reglamento Caldera del año 2005”, y que es una reforma “insuficiente y de poco
calado, que no resuelve los principales problemas de la inmigración en nuestro
país”. (melillahoy.es) [6 - 7 - 2009]
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| [N] | CCOO anuncia su rechazo a la nueva Ley de Extranjería que prepara el Gobierno Denuncian la situación de desamparo de los inmigrantes que se quedan sin trabajo
(levante-emv.com) [6 - 7 - 2009]
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| [N] | Lula aprueba una ley para regularizar a casi 200.000 indocumentados en Brasil El presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, ha sancionado una ley de
amnistía que permitirá regularizar la situación de los cerca de 200.000
extranjeros que se calcula que viven indocumentados en el país. (abc.es)
[6 - 7 - 2009]
[Texto completo]
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