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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 30 de junio de 2008
Año 5, Núm. 199
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
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[L]

[BOE] Orden PRE/1797/2008, de 18 de junio, sobre acreditación de la condición de pensionista de la Seguridad Social a efectos del reconocimiento del derecho a la prestación farmacéutica.
[BOE 24 - 6 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Convenio entre el Reino de España y la República de Cabo Verde sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, hecho «ad referendum» en Praia el 26 de junio de 2006.
[BOE 25 - 6 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Resolución de 16 de junio de 2008, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
[BOE 26 - 6 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa en materia de reconocimiento específico de autorizaciones especiales de tráfico, hecho «ad referendum» en Évora el 19 de noviembre de 2005.
[BOE 27 - 6 - 2008] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión de la Comisión, de 5 de marzo de 2008, por la que se establecen las normas de aplicación de la Decisión no 574/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Fondo para las fronteras exteriores para el período 2007 a 2013 como parte del programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios», por lo que se refiere a los sistemas de los Estados miembros de gestión y control, las normas de gestión administrativa y financiera y la elegibilidad de los gastos de los proyectos cofinanciados por el Fondo
[DOCE 27 - 6 - 2008] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión de la Comisión, de 5 de marzo de 2008, por la que se establecen las normas de aplicación de la Decisión 2007/435/CE del Consejo por la que se establece el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países para el período 2007 a 2013 como parte del Programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios», por lo que se refiere a los sistemas de los Estados miembros de gestión y control, las normas de gestión administrativa y financiera y la elegibilidad de los gastos de los proyectos cofinanciados por el Fondo
[DOCE 27 - 6 - 2008] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión de la Comisión, de 5 de marzo de 2008, por la que se establecen las normas de aplicación de la Decisión no 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Fondo Europeo para el Retorno para el período 2008-2013 como parte del Programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios», en lo que respecta a los sistemas de gestión y control de los Estados miembros, las normas sobre la gestión administrativa y financiera y la elegibilidad de los gastos de los proyectos cofinanciados por el Fondo
[DOCE 27 - 6 - 2008] [Texto completo]


[J]

[TJUE] Directiva 91/439/CEE – Reconocimiento recíproco del permiso de conducción – Retirada del permiso en un Estado miembro por consumo de estupefacientes o alcohol – Nuevo permiso expedido por otro Estado miembro – Denegación de reconocimiento del derecho a conducir en el primer Estado miembro – Residencia no conforme con la Directiva 91/439/CEE

No obstante, Alemania puede denegar el reconocimiento de estos permisos si se desprende del permiso checo o de informaciones provenientes de la República Checa que estos nacionales no residían habitualmente en la República Checa cuando se expidieron los permisos.

En virtud de una Directiva comunitaria,  los permisos de conducción expedidos por los Estados miembros se reconocen recíprocamente. Según esta Directiva, el titular de un permiso de conducción ha de tener su residencia habitual en el Estado de expedición cuando se expide dicho permiso. Además, el titular debe superar una prueba de control de aptitud y comportamiento, una prueba de control de conocimientos, así como cumplir determinadas normas médicas.

En el supuesto de retirada de un permiso de conducción en Alemania, el derecho a utilizar en el territorio nacional un nuevo permiso de conducción expedido en otro Estado miembro se concederá, previa solicitud, cuando ya no concurran las razones de la retirada.

Varios nacionales alemanes, a los que las autoridades alemanas retiraron sus permisos de conducción por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, se desplazaron a la República Checa, en 2004 y en 2005, para que se les expidiera un permiso de conducción checo. Algunos tenían su residencia en Alemania cuando se expidió su permiso checo, como se desprende de las indicaciones que figuran en dicho permiso. Si bien estas personas no estaban sujetas a la prohibición de solicitar un nuevo permiso en Alemania, no cumplían un requisito adicional impuesto por el Derecho alemán para la nueva expedición del permiso de conducción: toda persona a la que se le haya retirado el permiso por conducir bajo la influencia del alcohol o de las drogas debe presentar a la autoridad competente un informe pericial médico-psicológico que acredite que las causas que justificaron la retirada han dejado de existir.

Dado que los conductores en cuestión no presentaron tal informe pericial, las autoridades alemanas les privaron del derecho a utilizar sus permisos de conducción checos en territorio alemán. Estas resoluciones administrativas fueron impugnadas ante órganos jurisdiccionales alemanes, encargados de examinar su legalidad. Dichos órganos jurisdiccionales preguntan al Tribunal de Justicia sobre el alcance de la potestad de la que disponen los Estados miembros para denegar el reconocimiento en su territorio de los permisos de conducción expedidos por otros Estados miembros.

En su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia pone de manifiesto que, con carácter general cada Estado debe reconocer, sin ninguna formalidad previa, los permisos de conducción expedidos por otro Estado miembro, aun cuando este último no imponga los mismos requisitos que aplica el primero en lo que respecta al examen médico que permite la obtención del permiso.

El Tribunal de Justicia señala que incumbe al Estado miembro de expedición comprobar si los requisitos mínimos impuestos por el Derecho comunitario se cumplen. En consecuencia, en principio se ha de considerar que la posesión de un permiso de conducción expedido por un Estado miembro constituye la prueba de que el titular del citado permiso cumplía dichos requisitos en el momento en el que se le expidió.

No obstante, el Tribunal de Justicia recuerda que un Estado miembro puede denegar a una persona que ha sido objeto en su territorio de una medida de retirada del permiso de conducción acompañada de una prohibición de solicitar un nuevo permiso durante un período determinado, el reconocimiento de un nuevo permiso expedido por otro Estado miembro durante dicho período de prohibición. En cambio, un Estado miembro no puede denegar el reconocimiento de un permiso de conducir expedido en otro Estado miembro después del período de prohibición debido a que su titular no ha cumplido los requisitos exigidos en el primer Estado miembro para expedir un nuevo permiso tras dicha retirada, incluido el examen de aptitud para la conducción en el que se acredite que los motivos que justificaron dicha retirada ya no existen.

Además, el Tribunal de Justicia indica que, por motivos de seguridad de la circulación por carretera, los Estados miembros puedan aplicar sus disposiciones nacionales en materia de retirada del derecho a conducir a los titulares de un permiso que hayan fijado su residencia habitual en su territorio. No obstante, dicha facultad sólo puede ejercerse por una conducta del interesado posterior a la obtención del permiso de conducción expedido por otro Estado miembro.

Sin embargo, el Tribunal señala, por último, que el requisito de residencia única es indispensable para controlar el respeto del requisito de la aptitud para la conducción. En los presentes asuntos, en la medida en que es posible declarar, no en función de la información de que disponen las autoridades alemanas, sino sobre la base de las indicaciones que figuran en el propio permiso de conducción o en otras informaciones incontestables procedentes de la República Checa, que el requisito de residencia no se ha cumplido, Alemania puede denegar el reconocimiento en su territorio del derecho a conducir resultante de los permisos de conducción checos de que se trata.

[Texto completo]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Reagrupación familiar. Prueba de la edad por radiografía.
La cuestión es si ha quedado acreditado a lo largo del expediente la minoría de edad conforme la legislación de extranjería aplicable a los familiares, hijos, de los ciudadanos extranjeros que residan legalmente en España y deseen obtener un permiso de residencia por reagrupación familiar. Y por tanto entrar en el fondo del asunto, atendiendo a la causa denegatoria esgrimida por la Administración, consistente en que: "la edad declarada no conforme con la real según la prueba osteométrica". [Texto completo]


[N]

La abogada valenciana encarcelada en EE.UU. por no entregar a su hija al padre apela al Supremo
María José Carrascosa, la abogada española involucrada en una compleja batalla legal en Estados Unidos relacionada con la custodia de su hija, apeló hoy al Tribunal Supremo de este país para que se pronuncie sobre su caso. (lavanguardia.es) [24 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

España garantiza a América Latina que no va a cambiar su política de inmigración
El ejecutivo español quiere tranquilizar a América Latina. Tras las críticas que ha despertado en estos países la aprobación de la directiva europea de retorno de inmigrantes irregulares, el secretario de Estado para la Unión Europea, Diego López Garrido, y la secretaria de Estado para Iberoamérica, Trinidad Jiménez, se han reunido con los embajadores iberoamericanos para lanzar "un mensaje de tranquilidad". "La política migratoria española no cambia" , han subrayado. (elmundo.es) [25 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

Resolución de 19 de junio de 2008, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se convocan las pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Se convoca la prueba de aptitud para el acceso a la profesión de Abogado por parte de ciudadanos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. [26 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

Francia legalizará los vientres de alquiler
Francia se dispone a legalizar la práctica de las llamadas madres de alquiler dentro de un marco preciso. Prohibida, como lo está en España, desde la promulgación de la ley de 1994 sobre el respeto al cuerpo humano, que estableció penas de prisión y multas a quienes intervinieran en el proceso, la realidad social y las legislaciones de países vecinos han acabado generando una especie de turismo reproductivo que se quiere atajar. (elpais.com) [27 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

ACUERDO para el impulso de la actividad económica consecuencia de la reducción de cargas administrativas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para reducir las cargas administrativas de once procedimientos, con el fin de contribuir al impulso de la actividad económica.

Estas medidas son las primeras que toma el Gobierno en el marco del Plan de Reducción de Cargas Administrativas y de Mejora de la Regulación, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado día 20 para contribuir e incrementar la productividad de las empresas españolas.

Este plan persigue reducir en un 30 por 100 en el horizonte de 2012 las cargas que afectan a las empresas, especialmente a las PYMES, derivadas de la normativa vigente, superando el objetivo del 25 por 100 fijado por la Unión Europea, así como minimizar las cargas administrativas sobre las empresas en la nueva normativa que se apruebe a partir del 1 de enero de 2009.

[30 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

Corbacho no flexibilizará más el despido porque la crisis no tiene una causa laboral
El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, rechaza lo que "propugnan sectores empresariales" referente a la necesidad de flexibilizar el despido para que "la empresa vaya mejor", porque, en su opinión, "la causa de la desaceleración económica no tiene un origen laboral" y, por tanto, "no podemos llevar la discusión a la relación laboral". (elmundo.es) [30 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

Pago telemático de la tasa 062 en la expedición de permisos de trabajo de extranjeros no comunitarios
[30 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

Acceso on line al registro de trabajadores no comunitarios con permiso de trabajo.
[30 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

En Italia avanza nuevas medidas que facilitan la expulsión de emigrantes
El Senado italiano ha aprobado hoy una serie de medidas sobre seguridad ciudadana, que incluye entre otras las de facilitar la expulsión de emigrantes y frenar determinados procesos, uno de ellos contra el primer ministro, Silvio Berlusconi. (lanacion.com.py) [30 - 6 - 2008] [Texto completo]


[N]

Solo una minoría de los inmigrantes pueden capitalizar los 2 años de paro
Capitalizar de un golpe todo el subsidio de desempleo y, con ese dinero, emprender una nueva vida en el país de origen. Esa es la filosofía del decreto ley que, a instancias del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, aprobó ayer el Gobierno socialista. El Ejecutivo quiere demostrar que dispone de todo un arsenal de ideas con las que gestionar el aterrizaje en la bolsa de paro de miles de desempleados inmigrantes que han perdido sus empleos por la desaceleración económica.
Pero el éxito del proyecto de capitalización del paro es una incógnita, pues al ser voluntario depende de factores ajenos a la voluntad del Gobierno. Esencialmente, porque la decisión de volver es muy privada y en ella intervienen innumerables condicionantes (económicos, familiares, emocionales y políticos) que van a ser analizados por los 100.000 inmigrantes que hoy por hoy pueden acogerse a la medida. (elperiodico.com) [30 - 6 - 2008] [Texto completo]



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