paraextranjeros.com
[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 25 de abril de 2008
Año 5, Núm. 190
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
Suscripción, aquí
email de contacto

El enlace [Textos completos] no está activo en la versión promocional de esta Revista

[L]

[BOE] Resolución de 31 de marzo de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, para el segundo trimestre de 2008

La disposición final segunda de la Orden TAS/1745/ 2005, de 3 de junio, por la que se regula la certificación acreditativa del requisito establecido en el artículo 50.a) del Reglamento de Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, faculta al Director General del Servicio Público de Empleo Estatal para dictar cuantas resoluciones sean necesarias en relación con el citado artículo, donde se establece que se deberá elaborar con periodicidad trimestral, un catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.

Este catálogo será elaborado por el Servicio Público de Empleo Estatal de acuerdo con la información suministrada por los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, previa consulta con la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración y permite que los empleadores insten la tramitación de autorizaciones para residir y trabajar dirigida a trabajadores extranjeros cuando las vacantes de los puestos de trabajo que necesiten cubrir lo sean en ocupaciones incluidas en el citado catálogo.

En virtud de la competencia que el mencionado artículo 50 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, confiere al Servicio Público de Empleo Estatal, esta Dirección General ha elaborado el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, con vigencia para el segundo trimestre del año 2008, y resuelve, previa consulta con la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, dar publicidad al mismo, incluyéndose su contenido en el Anexo adjunto.

[BOE 21 - 4 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Real Decreto-LEY 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica.

I

Como resultado del elevado dinamismo de los últimos años y de la orientación de la política económica y presupuestaria, en la actualidad, la economía española goza de unos sólidos fundamentos. En este sentido, es importante destacar tres aspectos: en primer lugar, el aumento del stock de capital al que ha contribuido notablemente la elevada inversión impulsada desde el Estado en capital físico, tecnológico y humano; en segundo lugar, los superávit y la reducción de deuda pública de los últimos años; en tercer lugar, la intensa creación de empleo.

Estos elementos posicionan a la economía española en una situación favorable para hacer frente a la coyuntura adversa derivada de las perturbaciones económicas internacionales, principalmente, las turbulencias en los mercados financieros, la profunda desaceleración de Estados Unidos y el alza de los precios del crudo y de determinadas materias primas y alimentos. A estos factores exógenos se unen en España las dificultades del sector de la construcción de vivienda.

La política económica debe responder a la coyuntura actual. Para ello, es necesario actuar en diversos ámbitos, permitiendo la intervención de los estabilizadores automáticos, adoptando medidas de impulso económico y mejorando la eficiencia de la economía en su conjunto. En el presente Real Decreto-ley se adoptan una serie de medidas a tal fin.

II

Este Real Decreto-ley contiene medidas fiscales en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y, en el ámbito de la imposición indirecta, en la del Impuesto sobre el Valor Añadido, del Impuesto General Indirecto Canario y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a fin de contribuir a paliar la situación económica en la que se pueden encontrar las familias con perceptores de rendimientos del trabajo o de actividades económicas, resulta necesario adoptar de forma urgente medidas de naturaleza fiscal que mejoren la renta disponible de las familias.

Con tal finalidad se incorpora un nuevo beneficio fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas consistente en reducir el importe de la cuota líquida total del impuesto de los perceptores de dichas rentas hasta en 400 euros anuales.

Asimismo, al objeto de que la nueva deducción cumpla con su finalidad y despliegue sus efectos económicos de la forma más inmediata posible, sin demorarlos al momento de presentación de la declaración del Impuesto, es preciso aprobar las modificaciones necesarias para anticipar la aplicación de la deducción por sus beneficiarios.

De esta forma, se modifica, en primer lugar, el artículo 79 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, incorporando una nueva deducción de la cuota líquida total del Impuesto.

En segundo lugar, se añade un artículo 80 bis a la citada Ley 35/2006 regulando la aludida deducción. De esta manera, los perceptores de rendimientos del trabajo y de actividades económicas podrán minorar la cuota líquida total hasta en 400 euros anuales.

En tercer lugar, con la finalidad de anticipar el impacto de dicha deducción al momento actual, resulta necesario modificar el apartado 1 del artículo 101 de la Ley 35/2006 introduciendo los cambios oportunos que permitan diseñar reglamentariamente el nuevo procedimiento de cálculo del tipo de retención e ingreso a cuenta.

De esta forma, tendrá efectos la nueva deducción en el cálculo de los pagos a cuenta correspondientes al propio periodo impositivo 2008.

Por último, se introduce una disposición adicional para evitar que la nueva deducción afecte a la determinación del rendimiento cedido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las Comunidades Autónomas y a las Entidades Locales, asumiendo el Estado el coste total de la medida.

Por lo que hace referencia al Impuesto sobre Sociedades, ha de recordarse que la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, ha culminado un proceso de armonización de las normas contables españolas al marco contable de las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas en el ámbito comunitario. Esta reforma ya se había iniciado en nuestra legislación mercantil en materia contable desde el 1 de enero de 2005 exclusivamente para las cuentas anuales consolidadas de los grupos con sociedades cotizadas, por lo que la Ley 16/2007 ha hecho posible incorporar, con carácter general, criterios convergentes con los contenidos en el marco contable comunitario en las cuentas anuales individuales de todas las compañías españolas, cotizadas o no. La Ley 16/2007 viene así a establecer una aproximación en los marcos contables existentes en función del alcance subjetivo de tales normas, lo cual facilita la comparación de la información económica-financiera de las compañías.

Dicha reforma mercantil tiene efectos respecto de los ejercicios que se inicien a partir de 1 de enero 2008, para cuya aplicación ha sido aprobado el Plan General de Contabilidad (en adelante PGC) regulado en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas, aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.

Al respecto, la disposición transitoria única de la Ley 16/2007 establece que, para la elaboración de las cuentas anuales que correspondan al primer ejercicio que se inicie a partir de 1 de enero de 2008, las empresas elaborarán un balance de apertura al comienzo de dicho ejercicio, el cual se realizará de acuerdo con las normas establecidas en dicha Ley y en sus disposiciones de desarrollo. En particular, las disposiciones transitorias del PGC desarrollan los criterios para elaborar dicho balance de apertura de acuerdo con los criterios de valoración, calificación y registro incorporados en el nuevo marco contable, lo cual supondrá realizar ajustes como consecuencia de la primera aplicación del PGC, cuya contrapartida, con carácter general, se registrará en cuentas de reservas.

A efectos del Impuesto sobre Sociedades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (en adelante TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, la determinación de la base imponible toma como punto de partida el resultado contable que se corrige por la aplicación de los preceptos establecidos en el TRLIS, de manera que cualquier modificación en dicho resultado trasciende al Impuesto sobre Sociedades, salvo que exista una disposición específica en el TRLIS que establezca un criterio distinto al contable.

Los cargos y abonos a cuentas de reservas que se generen con ocasión de los ajustes de primera aplicación tendrán en muchos casos plenos efectos fiscales, es decir, deberán tenerse en consideración para la determinación de la base imponible del ejercicio 2008. No obstante, la novedad de algunos de los criterios incluidos en el nuevo marco legal recomienda otorgar a las empresas un plazo de tiempo razonable que permita analizar el tratamiento de las operaciones, evitando incertidumbres en la aplicación de las normas.

Como se ha señalado, estos efectos fiscales tendrían aplicación práctica de forma inmediata, en particular, al tiempo de realizar los pagos fraccionados a cuenta de la liquidación correspondiente a los períodos impositivos que se inicien durante el año 2008, de forma general en los meses de abril, octubre y diciembre de ese año, en el caso de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades cuyo ejercicio coincida con el año natural y que estén obligados a determinar dichos pagos en función de la parte de base imponible obtenida en el período de los tres, nueve y once meses del ejercicio.

En consecuencia, teniendo en consideración el corto plazo transcurrido desde la entrada en vigor de la norma contable, el 1 de enero de 2008, hasta la fecha en que se inicia el plazo para efectuar el primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, el 1 de abril, resulta aconsejable por motivos de seguridad jurídica posponer los efectos fiscales de tales ajustes, de manera que no tengan trascendencia en la determinación de los referidos pagos fraccionados. Por ello, este Real Decreto-ley establece que el obligado tributario, para determinar los pagos fraccionados de los períodos impositivos que se inicien dentro del año 2008, podrá optar por dos alternativas: bien utilizar como base de cálculo del pago fraccionado la cuota del período impositivo anterior, o bien tomar como referencia la parte de base imponible obtenida en los tres, nueve y once primeros meses del año 2008, con la salvedad de no tener que incluir en dicho cálculo los efectos de los ajustes derivados de la primera aplicación del nuevo PGC.

La necesidad de esta solución ha sido también puesta de manifiesto por el sector empresarial, que ha solicitado expresamente la adopción de las medidas necesarias que permitan paliar el impacto fiscal de la reforma contable en la determinación de los pagos fraccionados.

En este sentido, cabe recordar que, por idénticas razones, se estableció una medida similar en la determinación de los pagos fraccionados del ejercicio 2005 respecto de aquellas empresas que en dicho ejercicio se vieron obligadas a formular sus cuentas anuales individuales según los criterios contables adaptados a las normas internacionales de información financiera adoptadas por los Reglamentos de la Unión Europea.

El alcance de esta medida afecta igualmente a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas y estén obligados a efectuar los correspondientes pagos fraccionados, así como a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimientos permanentes en territorio español.

No obstante, esta medida no supone una alteración de los sistemas de fijación de la base imponible y de determinación de la cuota correspondiente al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre la Renta de no Residentes del ejercicio, toda vez que afecta exclusivamente al sistema de cálculo de los pagos a cuenta del respectivo tributo.

Por último, esta medida va acompañada de una ampliación del plazo para la presentación e ingreso del pago fraccionado del mes de abril de 2008 a efectuar por los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, así como de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimientos permanentes en territorio español, que finalizará el 5 de mayo de 2008, cualquiera que sea el período impositivo en que a cuenta del mismo se realice dicho pago. Igualmente, se amplía hasta el 5 de mayo de 2008 el plazo para la presentación e ingreso del pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de 2008 a efectuar por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación directa.

En el Impuesto sobre la Renta de no Residentes se amplía el ámbito de las exenciones en relación con la Deuda Pública y otros instrumentos de renta fija para todos los no residentes con independencia de su lugar de residencia.

Por lo que hace referencia a la imposición indirecta, en primer lugar, en el Impuesto sobre el Valor Añadido se modifica el concepto de rehabilitación al objeto de propiciar un mejor tratamiento de ciertas obras en la imposición indirecta como medida para dinamizar la actividad de la construcción, impulsando así el crecimiento y la creación de empleo. A estos efectos, se dispone la exclusión del suelo del valor de los edificios para computar si una obra supera o no el 25 por ciento de su valor. Esta exclusión supone una modificación sustantiva del concepto respecto a su regulación anterior. Igualmente, se especifica con mayor precisión el valor de las edificaciones con el que ha de efectuarse la comparación y el momento de su determinación.

Esta modificación, que se recoge en el artículo 20.uno.22.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora del impuesto, incide en la consideración como sujetas y no exentas de las entregas de los edificios o partes de los mismos después de su rehabilitación. La ampliación del concepto ha de conducir al incremento en el número de edificios cuya entrega se equiparará a las entregas de edificios nuevos, respondiendo de manera más cercana a la consideración urbanística de los mismos. Adicionalmente, el tipo impositivo que se aplica a las obras de rehabilitación, que es el 7 por ciento, ve ampliado su espectro al incrementarse el número de obras que recibe esta calificación. Este tratamiento generará una mayor neutralidad en la tributación de estas operaciones y permitirá, asimismo, atender a las demandas formuladas por el sector empresarial en este sentido, al objeto de mejorar el régimen fiscal aplicable a aquellas, lo que contribuirá a favorecer la conveniente renovación del parque de viviendas, en especial en el centro urbano de las ciudades.

Además, se dispone el adecuado régimen transitorio para asegurar que no se producen situaciones de inequidad en la aplicación del nuevo concepto de rehabilitación, que es considerablemente más amplio que el anterior.

En el Impuesto General Indirecto Canario, en línea con los cambios que se introducen en el Impuesto sobre el Valor Añadido, se modifica el concepto de rehabilitación y se regula el pertinente régimen transitorio.

Como medida para favorecer la situación económica de las familias, a la vista del alza experimentada por los índices de referencia que se utilizan para fijar las cuantías de los intereses de los préstamos hipotecarios, en la disposición adicional segunda, se prevé que en las operaciones de ampliación del plazo de préstamos con garantía hipotecaria concedidos para la adquisición, construcción y rehabilitación de la vivienda habitual, los titulares del préstamo podrán disfrutar de la no sujeción de la cuota fija de la modalidad de actos jurídicos documentados, en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por el otorgamiento de documentos notariales, que graven estas operaciones, que podrán extenderse en papel común.

Por último, se introduce una disposición final estableciendo un mandato al Gobierno para que modifique, en la regulación reglamentaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el concepto de rehabilitación de vivienda, de forma similar al establecido en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

III

El presente Real Decreto-ley aumenta también hasta tres mil millones de euros la dotación máxima prevista en la Ley de Presupuestos Generales para 2008 para el otorgamiento de avales del Estado a bonos de titulización en el marco de la iniciativa FTPYME. Para que el aumento de la dotación se pueda conceder de manera efectiva a lo largo de 2008, se eleva también el límite de aval vivo acumulado a 31 de diciembre fijado en la citada Ley, situándolo en siete mil setecientos millones de euros.

Con esta medida se trata de dar un impulso al programa de apoyo a la financiación de las pequeñas y medianas empresas españolas a través de la constitución de Fondos de Titulización de Activos. El Estado apoya las operaciones avalando una parte de los bonos de mayor calidad crediticia emitidos por el Fondo, y a cambio, las entidades de crédito cedentes se comprometen a reinvertir la liquidez obtenida en la financiación de pequeñas y medianas empresas. El funcionamiento de la iniciativa desde su creación ha sido muy satisfactorio, contribuyendo a sacar al mercado de capitales financiación a pequeñas y medianas empresas por más de treinta y cinco mil millones de euros, un elevado porcentaje de los cuales se ha vuelto a reinvertir en la economía real. En la actual coyuntura de los mercados financieros internacionales, marcada por una restricción muy intensa en las condiciones de financiación a las entidades de crédito, el aumento de la dotación para la iniciativa FTPYME facilitará la adaptación del sistema bancario español al nuevo entorno, a través de la diversificación de las carteras crediticias. Esta medida supone también un apoyo a la titulización de activos en España en condiciones de transparencia y gestión de riesgo muy rigurosas, generando ganancias de eficiencia considerables.

IV

Por su parte, y con el objetivo fundamental de hacer frente al actual repunte del volumen de desempleados, contiene el Capítulo II del presente Real Decreto-ley una habilitación al Gobierno para la aprobación de un plan extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e inserción laboral.

La gestión de dicho plan extraordinario, que será de aplicación en todo el territorio, ha de ser asumida por el Servicio Público de Empleo Estatal y por las Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

Se contemplan expresamente en este Capítulo subvenciones para el proceso de búsqueda de empleo y para facilitar la movilidad geográfica, que se integrarán en el plan junto con las medidas de orientación, formación e inserción ya vigentes, que se verán reforzadas.

V

En la adopción de estas medidas concurre, por su naturaleza y finalidad, la circunstancia de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 86 de la Constitución para la utilización del real decreto-ley, requisito imprescindible, como ha recordado, por otra parte, la jurisprudencia constitucional.

[BOE 22 - 4 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOCG] Proposición de Ley Orgánica para el reconocimiento del derecho de sufragio activo y pasivo a los ciudadanos extranjeros en España.
Presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. [BOCG 22 - 4 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOCG] Proposición de Ley de creación de la Renta Básica de Ciudadanía.
resentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. [BOCG 23 - 4 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Recurso de inconstitucionalidad n.º 2136-2008, en relación con diversos preceptos de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación de las empresas de inserción.
El Pleno Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2136-2008, promovido por el Consell de la Generalitat Valenciana contra los arts. 1.1; 2.1; 3; 4; 5; 6; 7; 8; 9.3; 10; disposición adicional quinta; disposiciones transitorias primera, segunda y tercera y disposición final quinta de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación de las empresas de inserción. [BOE 25 - 4 - 2008] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión del Consejo, de 18 de abril de 2008, por la que se modifica la Decisión del Comité ejecutivo creado por el Convenio de Schengen de 1990 relativa a la modificación del Reglamento financiero relativo a los gastos de instalación y de funcionamiento del Sistema de Información Schengen (C.SIS)
[DOCE 25 - 4 - 2008] [Texto completo]


[J]

[TDC] Competencia desleal. Anunciar que los precios son los más baratos no lo es, si la repercusión en el mercado no es significativa
La FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS TURÍSTICOS DE LANZAROTE (AETUR) denuncia a la agencia de viajes “TuBillete, SLU”, por la comisión de una conducta supuestamente prohibida el artículo 3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), consistente en la emisión de un anuncio televisivo a nivel regional canario con información que sería engañosa al afirmar que sus precios son más bajos que los que ofrecen el resto de las agencias de viajes. [Texto completo]


[J]

[AGPD] Cancelación de fotos en una web. Abogado que deja el despacho
Un abogado ejercitó su derecho de cancelación de sus datos personales contenidos en los ficheros del despacho profesional. En su solicitud indicaba que su nombre y su foto no habían sido retirados de la página web de la entidad denunciada, puesto que ya no era miembro de la plantilla de su firma.
El despacho procedió a la retirada de los datos, pero la Agencia estima la reclamación porque el abogado tiene derecho a obtener una certificación en plazo sobre su solicitud de cancelación. [Texto completo]


[N]

Ampliado hasta el 5 de mayo el plazo de los pagos fraccionados para las empresas
El Consejo de Ministros aprobó, el pasado 18 de abril, un Real Decreto Ley (publicado hoy 22 de abril en el BOE) con la finalidad, entre otras, de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relativas a los pagos fraccionados a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas y estén obligados a efectuar los correspondientes pagos fraccionados, así como a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes por los establecimientos permanentes situados en territorio español, con motivo de la entrada en vigor del nuevo Plan General Contable (PGC) el pasado 1 de enero. [22 - 4 - 2008] [Texto completo]


[N]

El despido de una asistenta por su embarazo es nulo
Una sentencia aplica por primera vez la Ley de Igualdad al servicio doméstico (elpais.com) [22 - 4 - 2008] [Texto completo]


[N]

Andorra da un nuevo paso hacia la apertura económica
Tras la Ley de Sociedades y la de contabilidad de las empresas, aprobadas a finales del año pasado, llega una Ley de inversiones extranjeras a Andorra. A partir de su entrada en vigor, el capital extranjero va a poder tener mayor presencia en el país, con el objetivo de diversificar la economía andorrana y atraer a sectores de alto valor añadido. El siguiente paso en el proceso de reforma del país será introducir una reforma fiscal que grave los beneficios empresariales y que incorpore el IVA. (noticias.com) [22 - 4 - 2008] [Texto completo]


[N]

Fraude millonario a la Seguridad Social
La Policía Nacional ha desarticulado una red que vendía contratos de trabajo en empresas ficticias, en la que los inmigrantes llegaban a pagar hasta 2.000 euros por un contrato que les facilitara su regulación en España. El fraude supera los 668.800 euros. (expansion.com) [23 - 4 - 2008] [Texto completo]


[N]

El Registro de Seguros de Vida ya cuenta con más de 65 millones de pólizas tras finalizar el plazo para volcar los datos vinculados a tarjetas de crédito
• Hasta el 22 de abril, el Registro había emitido más de 208.000 certificados, de los cuales 43.299 llevaban aparejado uno o más contratos, frente a los 165.163 certificados emitidos sin contratos
• Los ciudadanos solicitaron este servicio, en casi la mitad de los casos, ante el notario (102.555 certificados fueron emitidos a través de las casi 3.000 notarías españolas)
• El Registro de la Dirección General de Registros y Notariado (DGRN) de Madrid ha emitido 44.656 certificados, seguido de las Gerencias Territoriales de Justicia de Barcelona (con 9.307), Valencia (7.975) y Zaragoza (5.623)
[23 - 4 - 2008] [Texto completo]


[N]

BNG pedirá reforma Ley Orgánica de Régimen Electoral para emigrantes
El portavoz del BNG en el Congreso, Francisco Jorquera, avanzó hoy en Lugo que una de las primeras acciones de esta formación política será solicitar la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General en cuanto a los residentes ausentes para establecer un mecanismo 'homologable' al que existe en España. [25 - 4 - 2008] [Texto completo]


[N]

Madres inmigrantes crean redes de apoyo para cuidar a los hijos mientras trabajan
Tres de cada diez inmigrantes, menores de 25 años, tienen un hijo durante sus dos primeros años de estancia en España (europapress.es) [25 - 4 - 2008] [Texto completo]


[N]

Los inmigrantes sin papeles empiezan a abandonar Balears
Un estudio de las universidades balear, valenciana y murciana detecta la salida desde el archipiélago por los problemas en la construcción. Los agentes sociales calculan que se destruirán de 5.000 a 10.000 empleos. (diariodeibiza.es) [25 - 4 - 2008] [Texto completo]



© 2002 - 2007 PYB ENTERPRISES S.L.
Este semanario es una publicación de paraextranjeros.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido de la presente revista. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraextranjeros.com es una web de PYB Enterprises, SL.
paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.


PYB Enterpiseses, SL. Centro de trabajo:
Av. Huerta Grande, 2 portal D bajo B, 28223 - POZUELO DE ALARCON (MADRID-España) TELEFONO + 34 902 198 832 – Fax + 34 901 020362.
Contactar:
pulse aquí.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos. Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

Todas las novedades para aplicar la nueva reforma del Impuesto sobre la renta de 2007
NOVEDAD

AREA DE CLIENTES

[Entrada]

Acceso a todas las revistas

NOVEDAD



Curso práctico de derecho de extranjería
8ª edición, Curso a distancia. Diploma acreditativo homologado por el Consejo General de la Abogacía Española.
Pago aplazado sin recargo
Precio:435.00 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
Curso práctico infracciones y sanciones en materia de extranjería
1ª edición, marzo 2008,
Precio:220.00 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
Base de datos de extranjeria
Suscripción anual, TODO LO NECESARIO PARA ASESORAR EN EXTRANJERIA. Bases de datos interrelacionadas: legislación, jurisprudencia, formularios, modelos y esquemas procedimentales + Código de legislación en papel.
Promoción especial 100 € menos.
Precio:289.00 € Oferta:195.00 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Formularios , Dº Extranjeria]
Revista de Derecho Migratorio y Extranjería.
Suscripción anual, Versión papel + internet
GRATIS SI COMPRA EL CURSO DE PRACTICA DE EXTRANJERIA
Precio:129.00 € Oferta:122,55 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]

Libros - Suscripciones

PEDIDOS POR TELEFONO
902 198 832
(L a V - 9:00 a 19:00)

PEDIDOS POR FAX
901 020 362

Compre sus libros con la máxima seguridad: confirmación por teléfono y sus datos de pago no viajan por la red. Entrega por mensajería en mano. Ultimas novedades, pulse aquí - Los más vendidos, pulse aquí
Guía para orientación legal en inmigración
502 páginas, 2ª edición, abril 2008, Incluye CDROM
NOVEDAD.- Segunda edición completamente actualizada
Precio:40.00 € Oferta:38,00 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Formularios , Dº Extranjeria]
Todo Social 2008
1900 páginas, edición anual, abril 2008,
Compre ahora y lo tendrá mañana, por mensajería urgente.
Precio:112.50 € Oferta:106,88 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Laboral, Dº Seguridad Social]
Memento Seguridad Social 2008 - 2009
1050 páginas, edición bienal, abril 2008, Soluciones practicas de directa aplicación en materia de Seguridad Social
Hoy, descuento 10 % y envío gratis
Disponible próximamente. Reserve su ejemplar .Prev para 15 de mayo
Precio:94.40 € Oferta:84,96 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Seguridad Social]
Todo contratación laboral 2008
1132 páginas, edición anual, abril 2008, INCLUYE CD ROM
Con descuento y sin gastos de envío.
Precio:86.50 € Oferta:82,18 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Laboral]
2000 Soluciones Laborales
774 páginas, edición anual, abril 2008,
Precio:86.50 € Oferta:82,18 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Laboral]
2000 Soluciones de Seguridad Social
770 páginas, edición anual, abril 2008,
Precio:86.50 € Oferta:82,18 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Seguridad Social]
Todo Sociedades 2008. Guía de la declaración 2007
750 páginas, edición anual, abril 2008,
Compre hoy y lo tendrá mañana, sin gastos de envío
Precio:78.00 € Oferta:74,10 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Fiscal]
Como confeccionar nominas y seguros sociales 2008
572 páginas, edición anual, abril 2008, Incluye CDROM
Hoy, con descuento y sin gastos de envío.
Precio:50.48 € Oferta:47,96 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Mementos y Guias , Formularios , Dº Laboral, Dº Seguridad Social, Dº Recursos Humanos]
La Ley de Protección de Datos. Análisis y comentario de su jurisprudencia
860 páginas, 1ª edición, marzo 2008, Incluye CD-ROM
NOVEDAD - Compre hoy y lo tendrá mañana con descuento y sin gastos de envío. El primer libro que analiza la LOPD con la reforma del Reglamento.
Precio:105.00 € Oferta:99,75 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº de Nuevas Tecnologias]

NOVEDADES CONTABILIDAD

Libros:

Cursos:
Curso práctico de iniciación a la contabilidad
Curso práctico de contabilidad avanzada

DVD:
Contabilidad y Fiscalidad Empresarial Practica Oferta especial

Recuerde que desde enero 2008 todas las empresas deben adaptar su contabilidad

NUESTRA OFERTA: descuento y envío en mano
Los libros más vendidos en 2008
1 Dossier Supuestos Prácticos Nuevo Plan General Contable
2 Memento Fiscal 2008
3 Memento Contable 2008
4 Memento Social 2008
5 Aplicación del nuevo Plan General Contable y de las NIIF a las empresas constructoras e inmobiliarias
6 La Ley de Protección de Datos. Análisis y comentario de su jurisprudencia
7 Derecho Urbanístico. Manual para Juristas y Técnicos
8 Formularios Prácticos Urbanismo 2008
9 La nueva ley de contratos del sector público
10 Como confeccionar nominas y seguros sociales
11 Formularios de actos y contratos
12 Memento Procesal 2007-2008
13 La Responsabilidad de los Administradores
14 Formularios de contratos
15 Memento contratos públicos 2008-2009
16 Todo Renta 2008
17 Teoría y práctica de las juntas de compensación
18 Acciones legales de reclamación de cantidad
19 Guía práctica para asesorías
20 Nuevo manual de valoracion y baremacion del daño corporal
 
Más productos éxitos de venta