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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 15 de febrero de 2008
Año 5, Núm. 180
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

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[L]

[BOE] Real Decreto 179/2008, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008.
El presente real decreto tiene por objeto adecuar las cuantías para el nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado, en el ejercicio 2008, para los beneficiarios valorados en el Grado III, niveles 1 y 2 a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 1/2008, de 18 de enero, por el que se determina el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2008 y se concede un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por importe de 200.000.000 de euros con destino a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos.

Por tanto, tiene como finalidad modificar el porcentaje del 2,04 por ciento de incremento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), establecido en el apartado 2 del artículo único del Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008, al 3,50 por ciento determinado en el citado Real Decreto-ley 1/2008, mediante la modificación de las cuantías asignadas a dicho grado y niveles en el anexo del mencionado Real Decreto 6/2008, de 11 de enero.

Por tanto, corresponde al Gobierno adecuar las cuantías afectadas por la nueva determinación del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2008, según lo dispuesto en el citado Real Decreto-ley 1/2008, de 18 de enero.

La presente norma se dicta al amparo de lo previsto en la disposición final séptima de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y el artículo 3 apartados 3 y 4 del Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado.

[BOE 9 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Entrada en vigor del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Colombia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones diplomáticas y Oficinas consulares, hecho en Madrid el 21 de junio de 2007.
[BOE 12 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa sobre el reconocimiento de títulos y grados de la enseñanza superior, hecho «ad referendum» en Gerona el 16 de noviembre de 2006.
[BOE 13 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Convenio entre el Reino de España y Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, hecho en Madrid el 24 de mayo de 2006.
[BOE 13 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Ley [ANDALUCIA] 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
La presente ley se estructura en un Título Preliminar, cuatro Títulos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

El Título Preliminar establece los conceptos esenciales en materia de igualdad de género y los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos en relación con la igualdad de género.

El Título I recoge, en su Capítulo I, las acciones para garantizar la integración de la perspectiva de género en las políticas públicas: el informe de evaluación de impacto de género, los presupuestos públicos con enfoque de género, el Plan estratégico para la igualdad de mujeres y hombres, el lenguaje no sexista e imagen pública y las estadísticas e investigaciones con perspectiva de género. Su Capítulo II establece las medidas para la promoción de la igualdad de género en el ámbito de competencias de la Junta de Andalucía, entre las que se adopta el principio de representación equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos de los órganos directivos y colegiados.

El Título II establece las medidas para promover la igualdad de género en las políticas públicas de los distintos ámbitos de actuación. En el Capítulo I, se determinan las garantías para asegurar una formación educativa basada en el principio de igualdad entre mujeres y hombres. En el Capítulo II se contempla, en el marco de los Acuerdos de Concertación Social en Andalucía, las medidas destinadas a favorecer el acceso y la permanencia de las mujeres, en condiciones de igualdad, en el empleo. Por su parte, el Capítulo III se refiere a la necesaria conciliación de la vida laboral, familiar y personal. En el Capítulo IV se incluyen medidas en materia de promoción y protección a la salud y bienestar social, y se tienen en cuenta también las necesidades especiales de determinados colectivos de mujeres. El Capítulo V establece políticas de promoción y atención a las mujeres. El Capítulo VI propone la participación social, política y económica de las mujeres. Y en el Capítulo VII se completa este marco de actuaciones con aquellas dirigidas a mejorar la imagen pública de las mujeres.

El Título III se ocupa de la organización institucional y coordinación, como estrategia adecuada y necesaria para impulsar, desarrollar y evaluar las acciones y políticas públicas para promover la igualdad de género en Andalucía.

Y por último, el Título IV se refiere al establecimiento de garantías para la igualdad de género.

[BOE 13 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Ley [ANDALUCIA] 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
La presente Ley se estructura en un Título Preliminar, cuatro Títulos, tres Disposiciones adicionales una Disposición Transitoria y dos Disposiciones finales.

El Título Preliminar recoge las disposiciones generales que se refieren al objeto de la Ley, a su ámbito de aplicación, al concepto de violencia de género y a los principios que habrán de regir la actuación de los poderes públicos.

Por tanto, con objeto de favorecer la igualdad y prevenir y erradicar la violencia de género, la actuación de los poderes públicos vendrá informada por el principio de accesibilidad a la comunicación, velando de manera especial por la protección y garantía de los derechos de las mujeres con discapacidad o mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

El Título I establece las acciones de sensibilización y prevención. En el Capítulo I se fomentan las acciones para seguir avanzando en el conocimiento y la investigación de las causas, características y consecuencias de la violencia de género. En el Capítulo II se pretende, con la elaboración periódica de un plan integral, la acción planificada dirigida a la sensibilización, prevención, detección y protección integral. En el Capítulo III se determinan las medidas encaminadas a que la educación sea un elemento fundamental de prevención de la violencia y de promoción de la igualdad de mujeres y hombres, atendiendo además a los contenidos curriculares para la resolución pacífica de conflictos. En el Capítulo IV se recogen las medidas para promover una imagen de las mujeres no discriminatoria, respetando el principio de igualdad de mujeres y hombres, vigilancia de la publicidad sexista y especial atención al tratamiento de la violencia de género. Y en el Capítulo V se garantiza la adopción de medidas para la formación y especialización de las personas profesionales que atienden a las mujeres.

El Título II desarrolla las acciones de protección y atención a las mujeres, desde los distintos ámbitos de actuación. En el Capítulo I se establecen los derechos de las mujeres afectadas por la violencia de género. En el Capítulo II se promueven acciones destinadas a la formación en el ámbito de la seguridad y fomento de unidades policiales especializadas para la atención a las mujeres. En el Capítulo III se determinan las medidas para la detección precoz, atención y seguimiento de las intervenciones realizadas en el ámbito de la salud, así como la necesidad de reforzar la atención psicológica a las mujeres para facilitarles su equilibrio emocional. En el Capítulo IV se adoptan las medidas necesarias para garantizar una atención jurídica especializada, integral e inmediata. En el Capítulo V se recogen las medidas de atención social para garantizar a las mujeres el derecho a la información. En el Capítulo VI se determinan las medidas para la atención integral y acogida, consistentes en el desarrollo de un modelo de atención integral dirigido a garantizar la protección, la atención integral multidisciplinar, y la búsqueda de autonomía de las mujeres víctimas de violencia de género.

El Título III establece una serie de acciones para la recuperación integral de las mujeres. En el Capítulo I se recogen las ayudas socioeconómicas. En el Capítulo II se adoptan una serie de medidas tendentes a facilitar el acceso de las mujeres a las viviendas protegidas, y en el Capítulo III se fomentan medidas encaminadas a la formación y promoción del empleo y trabajo autónomo de las mujeres, y a la concienciación en el ámbito laboral.

El Título IV promueve las acciones para la coordinación y cooperación institucional, como principio básico de una política pública de carácter integral, orientada a sumar los esfuerzos de las instituciones, asociaciones y colectivos que trabajan en la erradicación de la violencia de género.

[BOE 13 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Acuerdo Marco de cooperación en materia de inmigración entre el Reino de España y la República de Cabo Verde, hecho «ad referendum» en Madrid el 20 de marzo de 2007.
[BOE 14 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Israel de cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, hecho ad referéndum en Jerusalén, el 19 de abril de 2007.
[BOE 14 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Corrección de errores del Convenio de Cooperación en materia de adopción entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, hecho en Hanoi el 5 de diciembre de 2007.
[BOE 14 - 2 - 2008] [Texto completo]


[L]

[BOE] Convenio entre el Reino de España y la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y protocolo, hecho en Madrid el 23 de junio de 2006.
[BOE 15 - 2 - 2008] [Texto completo]


[J]

[TS][Penal] Delito de estafa y apropiación indebida. No reintegro del importe liquidación billetes de avión vendidos, en virtud de contrato de agencia celebrado con IATA, por cuenta de ésta. Delito continuado y notoria importancia.
El motivo único del recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal por infracción de Ley con base en el art. 849.1 LECrim. por inaplicación del art. 74.2 (delito continuado) y del art. 250.1.6 (especial gravedad), en relación con el art. 252 todos del CP. por cuanto en la conducta típica descrita en el nº. 1 de los Hechos Probados, en la que se hace constar la percepción por la agencia de viajes de la que era Administrador único el acusado, de la cantidad de 51.068,58 euros, importe de los billetes de avión que expendía en ejecución del contrato de agencia celebrado con IATA durante el mes de agosto 2002, deducidas las comisiones pactadas, y el incumplimiento por su parte de la obligación de entregar a ésta este dinero, concurren todos los requisitos del delito de apropiación indebida agravado por la circunstancia especifica de especial gravedad, atendiendo el valor de la defraudación, debiéndose apreciar la continuidad delictiva, art. 74.2 CP., al concurrir con la apropiación indebida, recogida en el nº 8 del relato fáctico por importe de 4.276,20 euros por la que el acusado ha sido condenado en la sentencia. El motivo debe ser estimado. [Texto completo]


[J]

[TS][Social] Condena en costas a un sindicato
La cuestión debatida en este recurso, interpuesto por USO, por la vía de Tutela de derechos a la libertad sindical, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social de Cantábria de 20-07-2006 , que desestimó los recursos de suplicación tanto de la empresa demandada, como de dicho Sindicato, contra la sentencia de instancia, son dos; la primera, articulada a través de un primer motivo es la procedencia de la imposición de costas al Sindicato recurrente, por entender que no procede dicha imposición de costas pese a haber sido vencida en el recurso de suplicación, por gozar del beneficio de Justicia Gratuita, y no existir temeridad o mala fe; y la segunda, articulada a través de un segundo motivo en el que se sostiene que declarada la lesión de un derecho fundamental debe ser reparado el perjuicio patrimonial que supuso tener que contratar a un letrado para la defensa en el acto del juicio de los intereses del Sindicato en nombre de los trabajadores. [Texto completo]


[J]

[SG IRPF] IRPF. Subrrogación empresarial en servicio de limpieza. Numero de pagadores a efectos de la obligación de declarar.
La consultante es trabajadora del servicio de limpieza de unas dependencias de la Administración del Estado. En julio de 2007 se produce una subrogación empresarial al producirse el cambio de entidad adjudicataria del servicio.
A efectos de determinar la obligación de declarar para el período 2007, se pregunta sobre la existencia de uno o dos pagadores como consecuencia de la subrogación empresarial. [Texto completo]


[J]

[TJUE] Condena a España. Directiva 2003/110/CE. Asistencia en casos de tránsito a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea
No habiendo sido informada de las disposiciones adoptadas por el Reino de España para adaptar su ordenamiento jurídico interno a la Directiva 2003/110 y al carecer de cualquier otro elemento de información que le permitiera deducir que se habían adoptado las disposiciones necesarias, la Comisión inició el procedimiento.
España contesta que dichas medidas están en tramitación, pero requieren la reforma de la Ley de Extranjeria.
El Tribunal de Justicia condena a España. [Texto completo]


[N]

La extraña boda de los desconocidos
Párrocos de Murcia descubren una red que había concertado más de 200 matrimonios de conveniencia para que inmigrantes consiguieran papeles. (elpais.com) [10 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

Los tribunales reprueban el uso de detectives para espiar al trabajador
Las visitas a administradores de otras compañías; las idas y venidas con el coche de la empresa; y, también, el cubo de la basura. Estos son algunos de los espacios privados que, durante cinco meses, mantuvieron ocupado a un detective al que una compañía ordenó el seguimiento de un empleado. Pero su labor sirvió para poco; el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de señalar en un fallo que esta actuación es “excesiva” y “vulnera los derechos del trabajador”. (expansion.com) [10 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

Hacienda y la Seguridad Social se alían contra la economía sumergida
El plan conjunto permitirá intercambiar datos de impuestos y cotizaciones (elpais.com) [12 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

UGT reclama que todos los despidos que se produzcan durante una Incapacidad Temporal sean considerados nulos
La sentencia reciente del Tribunal Supremo por la que considera improcedente y no nulo el despido de una trabajadora que estaba en situación de Incapacidad Temporal, obliga al trabajador a tener que elegir entre salud o empleo y contempla al trabajador como una mera fuerza de trabajo. Esta sentencia, que contradice a la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, revela además la necesidad de mejorar la regulación legal del despido. En este sentido, UGT planteará como cuestión prioritaria en el diálogo social, tras los próximas elecciones generales, una redacción clara del Estatuto de los Trabajadores, de manera que todos los despidos que se produzcan en supuestos de suspensión de contrato por Incapacidad Temporal, no sólo algunos, sean considerados nulos y conlleven la readmisión inmediata del trabajador. (ugt.es) [12 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

La UE presenta un plan para fichar a los extranjeros que atraviesen sus fronteras
La Comisión Europea ha presentado un ambicioso plan para reforzar la seguridad de las fronteras comunitarias frente a inmigrantes ilegales y delincuentes, entre cuyas ideas figura la de fichar a los viajeros de fuera de la UE que entren en territorio comunitario. El proyecto ha sido presentado por el comisario europeo de Justicia, Seguridad y Libertades, Franco Frattini, quien ha asegurado que esta propuesta se debe a la necesidad de "ser muy estrictos con los grupos mafiosos y los terroristas". (elmundo.es) [13 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

Los españoles de origen que retornen a España recibirán asistencia sanitaria sin necesidad de suscribir un convenio especial con la Seguridad Social
El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de enero un Real Decreto que regula la prestación por razón de necesidad para los españoles de origen, residentes en el exterior y retornados, que incluye, además de la prestación económica por ancianidad o incapacidad, la protección sanitaria. [14 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

El abogado del transexual argelino pide revocar la orden de expulsión
El abogado del transexual argelino que se encuentra en un centro de extranjeros a la espera de ser repatriado a su país por carecer de residencia legal en España presentó ayer un escrito ante la oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Alicante en la que solicita que revoque la orden de expulsión, firmada en julio del 2007, dadas las «públicas y notorias circunstancias» que se dan en su cliente. (laverdad.es) [14 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

A veces cuesta más expulsar a un ilegal con antecedentes que sin ellos
El jefe de Extranjería dice que algunos inmigrantes están agradecidos y hasta «justifican» al empresario explotador. (elcorreodigital.com) [17 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

La Subdelegación revoca la orden de expulsión del transexual argelino
La Subdelegación de Gobierno en Alicante firmó el jueves la orden de revocación de expulsión del transexual argelino -detenido hace una semana por permanecer de forma ilegal en España- después de considerar los argumentos expuestos en el recurso presentado por su abogado, según informó ayer la subdelegada, Encarna Llinares. (abc.es) [15 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

PP y PSOE proponen revisar los acuerdos para convalidar carnés a inmigrantes
Los criterios para la convalidación automática de carnés para ciudadanos de otros países que deseen conducir en España serán revisados a partir de las elecciones generales del próximo mes de marzo. (elmundo.es) [14 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

El Parlamento vasco pide empadronar a los inmigrantes para darles servicios sociales
El Parlamento vasco reclamó ayer al Gobierno de Ibarretxe y a los ayuntamientos de Euskadi que se pongan de acuerdo para facilitar el empadronamiento de los inmigrantes, ya que ese trámite les permite acceder a los servicios sociales. La iniciativa, que fue planteada por el grupo socialista, recibió el respaldo de todos los grupos menos EHAK, que no intervino en el debate ni en la votación. (elcorreodigital.com) [13 - 2 - 2008] [Texto completo]


[N]

Médicos madrileños afirman habilitación a extranjeros pondría peligro Sanidad
El Colegio de Médicos de Madrid ha advertido hoy de que la posible concesión de una \'habilitación temporal\' a los profesionales extranjeros sin título de Medicina homologado o reconocido en España para trabajar \'pondría en peligro la sanidad en nuestro país y la correcta atención a los ciudadanos\'. (terra.es) [13 - 2 - 2008] [Texto completo]



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