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[REVISTA
EXTRANJERIA] |
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Revista
semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España |
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[L] | [BOE] Instrumento de ratificación del Convenio complementario al Convenio de Seguridad
Social entre el Reino de España y la República de Chile de 28 de enero de 1997,
hecho en Valencia el 14 de mayo de 2002. Ratifica el CONVENIO de 14 de mayo de 2002 [BOE 26 - 7 - 2006] [Texto completo]
| [L] | [BOE] Resolución de 27 de junio de 2006, del Servicio Público de Empleo Estatal, por
la que se hace público el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura para el
tercer trimestre de 2006. La disposición final segunda de la Orden TAS/1745/ 2005, de 3 de junio, por la
que se regula la certificación acreditativa del requisito establecido en el
artículo 50.a) del Reglamento de Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social,
aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, faculta al Director
General del Servicio Público de Empleo Estatal para dictar cuantas resoluciones
sean necesarias en relación con el citado artículo, donde se establece que se
deberá elaborar con periodicidad trimestral, un catálogo de ocupaciones de
difícil cobertura.
Este catálogo será elaborado por el Servicio Público de Empleo Estatal de
acuerdo con la información suministrada por los Servicios Públicos de Empleo de
las Comunidades Autónomas, previa consulta con la Comisión Laboral Tripartita de
Inmigración y permite que los empleadores insten la tramitación de
autorizaciones para residir y trabajar dirigida a trabajadores extranjeros
cuando las vacantes de los puestos de trabajo que necesiten cubrir lo sean en
ocupaciones incluidas en el citado catálogo.
En virtud de la competencia que el mencionado artículo 50 del Reglamento de la
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de
30 de diciembre, confiere al Servicio Público de Empleo Estatal, esta Dirección
General ha elaborado el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, con
vigencia para el tercer trimestre del año 2006, y resuelve, previa consulta con
la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, dar publicidad al mismo,
incluyéndose su contenido en el Anexo adjunto. [BOE 26 - 7 - 2006] [Texto completo]
| [L] | [DOCE] Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de
2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e
igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación
(refundición) La Directiva 76/207/CEE del Consejo, de 9 de febrero
de 1976, relativa a la aplicación del principio de igualdad de
trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso
al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y
a las condiciones de trabajo (3), y la Directiva 86/378/CEE
del Consejo, de 24 de julio de 1986, relativa a la aplicación
del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres
en los regímenes profesionales de seguridad social (4), han
sido modificadas de forma sustancial (5). La Directiva
75/117/CEE del Consejo, de 10 de febrero de 1975, relativa
a la aproximación de las legislaciones de los Estados
miembros que se refieren a la aplicación del principio de
igualdad de retribución entre los trabajadores masculinos y
femeninos (6), y la Directiva 97/80/CE del Consejo, de
15 de diciembre de 1997, relativa a la carga de la prueba en
los casos de discriminación por razón de sexo (7), contienen
también disposiciones cuya finalidad es la aplicación del
principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
Dado que en dichas Directivas se han hecho modificaciones,
conviene, en aras de la claridad, refundir las
disposiciones correspondientes, reuniendo en un único
texto las principales disposiciones existentes en este ámbito,
así como ciertas novedades que se derivan de la
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas (en lo sucesivo denominado «el Tribunal de
Justicia»). [DOCE 26 - 7 - 2006] [Texto completo]
| [J] | [FGE] Aspectos relativos al régimen de los extranjeros en España. INTRODUCCIÓN
I.- LA EXPULSIÓN SUSTITUTVA DE EXTRANJEROS NO RESIDENTES LEGALMENTE
CONDENADOS POR DELITO I.-1 Novedades legislativas. I.-2. El presupuesto
general
de aplicación del art. 89: Extranjeros no residentes legales en España.
I.-3. Expulsión sustitutiva de la pena en su integridad I.-3.1. Delitos
expresamente excluidos. I.-3.2. Otros supuestos de exclusión de la expulsión
I.-3.3 Procedimiento para la decisión sobre la sustitución. I.-3.4.
Posibilidad de decidir la expulsión en ejecución de sentencia.
I.-4. La expulsión como medida sustitutiva del cumplimiento del último
tramo de la pena de prisión. I.-5. La ejecución de la expulsión
acordada conforme al art. 89 CP I.-6. Imposibilidad de ejecutar la expulsión
sustitutiva acordada I.-7. Efectos de la expulsión sustitutiva I.-8.
Expulsión sustitutiva de ciudadanos de la Unión Europea o de otros
países asimilados. I.-9. Sustitución judicial de las medidas de
seguridad por la expulsión I.-10. Pluralidad de causas abiertas y expulsión
sustitutiva
II.- EL FISCAL Y LA MEDIDA CAUTELAR DE INTERNAMIENTO II.-1. Introducción
II.-2. Juez competente para acordar el internamiento II.-3. Procedimiento
para
tramitar las solicitudes de internamiento. Intervención del Fiscal. II.-4.
Contenido de la audiencia previa a la resolución de la solicitud de
internamiento
para la expulsión II.-5. Criterios para decidir el internamiento a efectos
de expulsión II.-6. Recursos contra el auto de internamiento II.-7.
Inspecciones
sobre los centros de internamiento II.-8 Especialidades del internamiento a
efectos de devolución II.- 9 Especialidades del internamiento a efectos
de retorno II.- 10 Solicitudes de asilo
III.- AUTORIZACIONES PARA EXPULSAR A EXTRANJEROS IMPUTADOS EN PROCESOS
PENALES
III.-1. Introducción III.-2. Aspectos procedimentales III.-2. 1 Fases
procesales durante las que se puede autorizar la expulsión III.-2.2 Audiencia
del Fiscal y demás partes III.-3 Criterios que deben inspirar el dictamen
del Fiscal III.-3.1 Delitos respecto de los que procede la autorización
III.-3.2 Aspectos que deben analizarse para resolver sobre la autorización
III.-4 Efectos de la autorización de expulsión
IV.- MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS
V.- DELITOS RELATIVOS AL TRÁFICO ILEGAL DE INMIGRANTES V.-1 Introducción
V.-2 Bien jurídico protegido. V.-3 Tipo objetivo. V.-4 Tipo subjetivo.
V.-5 Consumación. V.-6 Subtipos agravados V.-7 Problemas concursales
V.-8 Causas de justificación V.-9 Pena imponible V.-10 Tratamiento de
los delitos cometidos fuera del territorio nacional V.-11 Especial referencia
a los delitos relativos al tráfico de inmigrantes con fines de explotación
sexual V.-12 Tratamiento de los testigos extranjeros y en especial, de las
víctimas
VI.- ASPECTOS ORGANIZATIVOS
VII. COMUNICACIONES CON LA ADMINSTRACIÓN
VIII. CONCLUSIONES SOBRE EXPULSIÓN SUSTITUTIVA DE EXTRANJEROS NO RESIDENTES
LEGALMENTE CONDENADOS POR DELITO.
IX. CONCLUSIONES SOBRE LA MEDIDA CAUTELAR DE INTERNAMIENTO.
X. CONCLUSIONES SOBRE AUTORIZACIONES PARA EXPULSAR A EXTRANJEROS IMPUTADOS
EN PROCESOS PENALES
XI. CONCLUSIONES SOBRE MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS
XII. CONCLUSIONES SOBRE DELITOS RELATIVOS AL TRÁFICO ILEGAL DE
INMIGRANTES
XIII.- CONCLUSIONES SOBRE ASPECTOS ORGANIZATIVOS
XIV. CONCLUSIONES SOBRE COMUNICACIONES INTERORGÁNICAS.
[Texto completo]
| [J] | [DGRN] Expediente sobre inscripción de nacimiento y opción a la nacionalidad española. Mediante comparecencia efectuada en el Registro Civil de Z., D. M., mayor de
edad, nacido en M., de nacionalidad guineana de origen y española por
residencia y con domicilio en Z., como representante legal de su hija menor de
14 años M., nacida en M. el 9 de abril de 1995, de nacionalidad guineana
solicitó la inscripción de nacimiento de la menor en Registro Civil Español con
nota marginal de opción a la nacionalidad española.
El Sr. Juez Encargado del Registro Civil C. dictó Acuerdo denegando la
inscripción de nacimiento y opción a la nacionalidad española de la menor, sin
perjuicio de que pudiera iniciar expediente de adquisición de la nacionalidad
española por residencia, ya que en este supuesto existían circunstancias
suficientes para entender que la relación de filiación entre el padre español y
la supuesta hija no ha quedaba acreditada.
La dirección General desestima el recurso. [Texto completo]
| [J] | [DGRN] Expediente sobre inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero. Los hoy recurrentes contrajeron matrimonio en la ciudad de La Habana (Cuba) el 7
de agosto de 2003, solicitando posteriormente su inscripción en el Registro
Consular español dependiente de La Habana. Dicha inscripción fue denegada
mediante resolución del Encargado del citado Registro, que se notificó en legal
forma a los promotores el 12 de enero de 2003 sin que los mismos hubieran
recurrido la misma. El 1 de septiembre de 2004 el interesado comparece ante el
Registro Civil de Barcelona y promueve la inscripción del mismo matrimonio en
el Registro Civil español. Remitido el expediente al Registro Civil Central se
dicta Acuerdo el 23 de mayo de 2005, declarando no haber lugar a lo interesado,
el cual es objeto del presente recurso. En realidad, esta pretensión de la
interesada envuelve un recurso contra la resolución citada del Registro
Consular y este recurso no puede admitirse, porque fue presentado fuera de
plazo sin que, además, conste que hayan variado las circunstancias que
motivaron aquella. La notificación que se hizo fue correcta, se realizó
personalmente con entrega de copia literal de dicha resolución, que está
firmada por el interesado, consta la indicación del recurso procedente ante
esta Dirección General y el plazo de treinta días hábiles para interponerlo,
luego la resolución del Registro Civil Consular devino firme y no cabe recurso. [Texto completo]
| [N] | Tres millones de trabajadores autónomos dispondrán de un Estatuto que regule sus
derechos y obligaciones El secretario general de Empleo, Valeriano Gómez, ha presentado hoy a los
representantes de las Comunidades Autónomas, en la XXX Conferencia Sectorial
para Asuntos Laborales, el borrador de anteproyecto de Ley del Estatuto del
Trabajador
Autónomo. [25 - 7 - 2006] [Texto completo]
| [N] | El padrón municipal revela la existencia de un millón de extranjeros en
situación irregular En España viven 1.010.409 inmigrantes sin papeles. Ésa es la cifra resultante de
cruzar el número de extranjeros no comunitarios empadronados, que ayer hizo
público el Instituto Nacional de Estadística (INE), con los que tienen permiso
o tarjeta de residencia, publicados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales. El PP, que ha hecho sus propias cuentas, rechaza esta estimación y
eleva el número de indocumentados a 1,6 millones. (elpais.es) [26 - 7 - 2006] [Texto completo]
| [N] | El Defensor del Pueblo confirma que recurrirá el Estatuto catalán El defensor del pueblo, Enrique Múgica, confirmó ayer que prepara un recurso de
inconstitucionalidad sobre el nuevo Estatuto catalán. En un comunicado, el
defensor avisa de que se tomará su tiempo, pues el nuevo Estatuto es "una norma
prolija, compleja y significativa". Tiene de plazo hasta el 20 de octubre. Mucho
antes, la próxima semana, el PP presentará su propio recurso ante el Tribunal
Constitucional. (elpais.es) [26 - 7 - 2006] [Texto completo]
| [N] | La abogacía amenaza con recurrir el Real Decreto de laboralización si mantiene
la ‘proletarización’ El primer borrador de Real Decreto que desarrolla la relación laboral especial
de la abogacía no ha hecho mucha gracia en altas esferas de la profesión. Y
aunque el camino de este proceso acaba de empezar, lo cierto es que ya se
escuchan voces en altas instancias de la abogacía mostrando su descontento con
el texto. (elconfidencial.com) [27 - 7 - 2006] [Texto completo]
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