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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición web

Madrid (España), 20 de febrero de 2006
Año 3, Núm. 90
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
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[BOE] Instrucción de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre los matrimonios de complacencia.
Los llamados «matrimonios complacencia» son una realidad en creciente aumento en nuestro país. El número de resoluciones dictadas por este Centro Directivo en relación con tales matrimonios es incontable, especialmente desde el año 1995. Parece oportuno, por tanto, elaborar una serie de directrices en la materia que puedan ayudar a los Encargados de los Registros Civiles españoles tanto en España como en el extranjero, a la hora de abordar el tratamiento jurídico de este fenómeno.
Conviene detenerse en la realidad social de estos «matrimonios de complacencia». Estos enlaces se celebran, frecuentemente, a cambio de un precio: un sujeto-frecuentemente, aunque no siempre, un ciudadano extranjero-, paga una cantidad a otro sujeto -normalmente, aunque no siempre, un ciudadano español-, para que éste último acceda a contraer matrimonio con él, con el acuerdo, expreso o tácito, de que nunca habrá «convivencia matrimonial auténtica» ni «voluntad de fundar y formar una familia», y de que, pasado un año u otro plazo convenido, se instará la separación judicial o el divorcio.
La preocupación ante la extensión de este fenómeno, cuyo propósito, en claro fraude de ley, no es sino el de beneficiarse de las consecuencias legales de la institución matrimonial en el campo de la nacionalidad y de la extranjería, llevó a este Centro Directivo a aprobar la Instrucción de 9 de enero de 1995, sobre normas relativas al expediente previo al matrimonio cuando uno de los contrayentes está domiciliado en el extranjero. Desde entonces son cientos los casos de que tiene conocimiento anualmente esta Dirección General que son calificados de matrimonios simulados. La preocupación por luchar contra estos supuestos de fraude de ley ha sido también afrontada por la Unión Europea a través de la Resolución del Consejo de 4 de diciembre de 1997 sobre las medidas que deberán adoptarse en materia de lucha contra los matrimonios fraudulentos (Diario Oficial n° C 382 de 16 de diciembre de 1997). En el mismo plano internacional, la preocupación por la extensión que se observa en este fenómeno de los matrimonios de complacencia ha llevado a la Comisión Internacional del Estado Civil a acordar recientemente (Asamblea General de Edimburgo, septiembre de 2004) la constitución de un Grupo de Trabajo específico para intercambiar las experiencias y medidas adoptadas para combatir tal fenómeno en los distintos países miembros, que pretende complementar en el ámbito de los matrimonios de complacencia la Recomendación (n.º 9), adoptada en Estrasburgo el 17 de marzo de 2005, relativa a la lucha contra el fraude documental en materia de estado civil. En la misma línea se ha de citar la reciente iniciativa adoptada en Francia a través de la Circular relativa a la lucha contra los matrimonios simulados, adoptada en París el 2 de mayo de 2005 por el Ministerio de Justicia de la República francesa, en desarrollo de la modificación introducida en el «Code civil» por la Ley número 2003-1119, de 26 de noviembre de 2003, relativa a la ordenación de la inmigración, la residencia de los extranjeros y la nacionalidad, que reforma el artículo 47 del Código Civil e introduce el trámite de audiencia previa para evitar matrimonios de complacencia.
[BOE 17 - 2 - 2006] [Texto completo]


[L]

[BOE] Resolución de 2 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, sobre ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales, Esta Secretaría General Técnica ha dispuesto la publicación, para conocimiento general, de las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales, en los que España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación entre el 31 de agosto de 2005 y el 31 de diciembre de 2005. [BOE 16 - 2 - 2006] [Texto completo]


[L]

[BOE] Real Decreto 176/2006, de 10 de febrero, sobre términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los dirigentes religiosos e imames de las comunidades integradas en la Comisión Islámica de España.
En el Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica de España (CIE), que figura como anexo a la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, se prevé, en su artículo 5, que, también de acuerdo con lo dispuesto en el mencionado Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto, los dirigentes religiosos islámicos y los imames de las comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica de España quedarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, precisando que tal inclusión se llevará a efecto a través de la asimilación de los aludidos dirigentes e imames a trabajadores por cuenta ajena.
A fin de dar cumplimiento a las previsiones normativas enunciadas se hace preciso dictar la correspondiente norma reglamentaria por la que se incorpore definitivamente a los aludidos dirigentes religiosos e imames de las comunidades que forman parte de la Comisión Islámica de España, y en la que se establezcan los términos y condiciones de dicha incorporación y se determine, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, el alcance de la protección que se otorga, en atención a las características del colectivo que se integra. [BOE 18 - 2 - 2006] [Texto completo]


[J]

[JC-A Pamplona] Proceso de regularización. El empadronamiento no es el único modo de acreditar la presencia en España. Prueba testifical.
[Texto completo]


[J]

[JC-A Pamplona] Proceso de regularización. Requisito de permanencia en España. Documento que la acreditan, distintos del empadronamiento. Caritas y prestaciones asistenciales.
[Texto completo]


[J]

[JC-A Pamplona] Proceso de regularización. Requisito de permanencia en España. Documento que la acreditan, distintos del empadronamiento. Caritas, comparecencia para asistencia jurídica y asistencia a comida en centro asistencial.
[Texto completo]


[J]

[TSJM] Entrada en España. Injustificada denegación por tener el invitador antecedentes policiales. Condena a la Administración por daños y perjucios.
[Texto completo]


[N]

Sólo uno de cada cinco inmigrantes piensa quedarse definitivamente en España
Uno de cada cinco inmigrantes de 'países periféricos' (Europa del Este, América Latina, África y Asia) tiene claro que se quedará definitivamente en España, un tercio piensa retornar, más pronto o más tarde, y casi la mitad no sabe lo qué hará o lo condiciona a la evolución de su país. (elmundo.es) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

A Coruña. Centenares de inmigrantes son objeto de abusos laborales en la provincia.
Hostelería, madera y construcción son los sectores con más quejas, según los sindicatos. Los marroquíes que cargaban pollos por 12 euros al día podrían ser expulsados del país. (lavozdegalicia) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

Cantabria. El PSOE pide facilidades para los empadronamientos de extranjeros en Santander.
No entiende que recurran las sentencias favorables dictadas por los tribunales. (eldiaromontanes.es) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

Castellón. Las bodas con extranjeros se han triplicado en cinco años
El número de matrimonios en los que alguno de los cónyuges no es español ascendió a 516 en el 2004. La fiscalía insta a extremar las precauciones a fin de evitar fraudes de ley y las uniones de conveniencia. (elperiodicomediterraneo.com) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

Simplicación de los tramites de protección por desempleo.
* Los beneficiarios de prestaciones percibirán íntegra su nómina al eliminarse la retención de los diez primeros días de prestación
* Además, en breve, los beneficiarios podrán presentar sus solicitudes por teléfono, correo e Internet [17 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

CC OO anuncia que la llegada de inmigrantes ya afecta a las condiciones laborales en Euskadi
El sindicato alerta de que los extranjeros acaparan casi todo el nuevo empleo temporal y pide que se controle el flujo de irregulares. (elcorreodigital.com) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

Un tercio de los 573.000 extranjeros regularizados trabaja en el servicio doméstico.
Trabajo ha rechazado más de cien mil solicitudes de «sin papeles» que se suman a la bolsa de irregulares que no pudieron acogerse al proceso extraordinario . (abc.es) [17 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

Andalucía Acoge valora porsitivamente que la Subdelegación de Cádiz permita a los extranjeros cambiar de actividad y de provincia.
Pide a la Secretaría de Estado que extienda esta medida a todas las oficinas de extranjeros. [17 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

El 44% de los 35.000 inmigrantes residentes en Granada tiene permiso de trabajo.
El jefe de la Unidad de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno, Sergio Heredia, dijo que el 44 por ciento de los 35.000 inmigrantes que residen en Granada tienen permiso de trabajo, y están en su mayoría empleados en los sectores de hostelería, construcción, servicio doméstico y comercio. (granadadigital.com) [16 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

Madrid. Constitución del Foro Regional para la Inmigración.
El Gobierno regional invertirá este ejercicio 1.292 millones de euros en integración de los inmigrantes. (portal-local.com) [16 - 2 - 2006] [Texto completo]


[N]

Alicante. UGT alerta de que unos 10.000 inmigrantes se quedarán sin empleo
El secretario general y la responsable de Igualdad de UGT en l'Alacantí, Óscar Llopis y Sandra Díez, alertaron ayer de que 10.000 de los 40.000 inmigrantes que se acogieron al último proceso de regularización en Alicante podrían perder sus permisos de residencia y trabajo al no serles renovados sus contratos. (laverdad.es) [15 - 2 - 2006] [Texto completo]



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