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EXTRANJERIA] |
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Revista
semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España |
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[L] | [BOE] Instrucción de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y
del Notariado, sobre los matrimonios de complacencia. Los llamados «matrimonios complacencia» son una realidad en creciente aumento en
nuestro país. El número de resoluciones dictadas por este Centro Directivo en
relación con tales matrimonios es incontable, especialmente desde el año 1995.
Parece oportuno, por tanto, elaborar una serie de directrices en la materia que
puedan ayudar a los Encargados de los Registros Civiles españoles tanto en
España como en el extranjero, a la hora de abordar el tratamiento jurídico de
este fenómeno.
Conviene detenerse en la realidad social de estos «matrimonios de
complacencia». Estos enlaces se celebran, frecuentemente, a cambio de un
precio: un sujeto-frecuentemente, aunque no siempre, un ciudadano extranjero-,
paga una cantidad a otro sujeto -normalmente, aunque no siempre, un ciudadano
español-, para que éste último acceda a contraer matrimonio con él, con el
acuerdo, expreso o tácito, de que nunca habrá «convivencia matrimonial
auténtica» ni «voluntad de fundar y formar una familia», y de que, pasado un
año u otro plazo convenido, se instará la separación judicial o el
divorcio.
La preocupación ante la extensión de este fenómeno, cuyo propósito, en claro
fraude de ley, no es sino el de beneficiarse de las consecuencias legales de la
institución matrimonial en el campo de la nacionalidad y de la extranjería,
llevó a este Centro Directivo a aprobar la Instrucción de 9 de enero de 1995,
sobre normas relativas al expediente previo al matrimonio cuando uno de los
contrayentes está domiciliado en el extranjero. Desde entonces son cientos los
casos de que tiene conocimiento anualmente esta Dirección General que son
calificados de matrimonios simulados. La preocupación por luchar contra estos
supuestos de fraude de ley ha sido también afrontada por la Unión Europea a
través de la Resolución del Consejo de 4 de diciembre de 1997 sobre las medidas
que deberán adoptarse en materia de lucha contra los matrimonios fraudulentos
(Diario Oficial n° C 382 de 16 de diciembre de 1997). En el mismo plano
internacional, la preocupación por la extensión que se observa en este fenómeno
de los matrimonios de complacencia ha llevado a la Comisión Internacional del
Estado Civil a acordar recientemente (Asamblea General de Edimburgo, septiembre
de 2004) la constitución de un Grupo de Trabajo específico para intercambiar
las experiencias y medidas adoptadas para combatir tal fenómeno en los
distintos países miembros, que pretende complementar en el ámbito de los
matrimonios de complacencia la Recomendación (n.º 9), adoptada en Estrasburgo
el 17 de marzo de 2005, relativa a la lucha contra el fraude documental en
materia de estado civil. En la misma línea se ha de citar la reciente
iniciativa adoptada en Francia a través de la Circular relativa a la lucha
contra los matrimonios simulados, adoptada en París el 2 de mayo de 2005 por el
Ministerio de Justicia de la República francesa, en desarrollo de la
modificación introducida en el «Code civil» por la Ley número 2003-1119, de 26
de noviembre de 2003, relativa a la ordenación de la inmigración, la residencia
de los extranjeros y la nacionalidad, que reforma el artículo 47 del Código
Civil e introduce el trámite de audiencia previa para evitar matrimonios de
complacencia. [BOE 17 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [L] | [BOE] Resolución de 2 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, sobre
aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la
actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados
Internacionales. De conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24
de marzo, sobre ordenación de la actividad de la Administración del Estado en
materia de Tratados Internacionales,
Esta Secretaría General Técnica ha dispuesto la publicación, para conocimiento
general, de las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales, en los que
España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación entre el 31 de agosto de 2005 y el 31 de diciembre de 2005. [BOE 16 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [L] | [BOE] Real Decreto 176/2006, de 10 de febrero, sobre términos y condiciones de
inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los dirigentes
religiosos e imames de las comunidades integradas en la Comisión Islámica de
España. En el Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica de
España (CIE), que figura como anexo a la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, se
prevé, en su artículo 5, que, también de acuerdo con lo dispuesto en el
mencionado Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto, los dirigentes religiosos
islámicos y los imames de las comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica
de España quedarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social,
precisando que tal inclusión se llevará a efecto a través de la asimilación de
los aludidos dirigentes e imames a trabajadores por cuenta ajena.
A fin de dar cumplimiento a las previsiones normativas enunciadas se hace
preciso dictar la correspondiente norma reglamentaria por la que se incorpore
definitivamente a los aludidos dirigentes religiosos e imames de las
comunidades que forman parte de la Comisión Islámica de España, y en la que se
establezcan los términos y condiciones de dicha incorporación y se determine,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 114.2 del texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo
1/1994, de 20 de junio, el alcance de la protección que se otorga, en atención
a las características del colectivo que se integra. [BOE 18 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [J] | [JC-A Pamplona] Proceso de regularización. El empadronamiento no es el único modo de acreditar
la presencia en España. Prueba testifical. [Texto completo]
| [J] | [JC-A Pamplona] Proceso de regularización. Requisito de permanencia en España. Documento que la
acreditan, distintos del empadronamiento. Caritas y prestaciones asistenciales. [Texto completo]
| [J] | [JC-A Pamplona] Proceso de regularización. Requisito de permanencia en España. Documento que la
acreditan, distintos del empadronamiento. Caritas, comparecencia para
asistencia jurídica y asistencia a comida en centro asistencial. [Texto completo]
| [J] | [TSJM] Entrada en España. Injustificada denegación por tener el invitador antecedentes
policiales. Condena a la Administración por daños y perjucios. [Texto completo]
| [N] | Sólo uno de cada cinco inmigrantes piensa quedarse definitivamente en España Uno de cada cinco inmigrantes de 'países periféricos' (Europa del Este, América
Latina, África y Asia) tiene claro que se quedará definitivamente en España, un
tercio piensa retornar, más pronto o más tarde, y casi la mitad no sabe lo qué
hará o lo condiciona a la evolución de su país. (elmundo.es)
[20 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | A Coruña. Centenares de inmigrantes son objeto de abusos laborales en la
provincia. Hostelería, madera y construcción son los sectores con más quejas, según los
sindicatos. Los marroquíes que cargaban pollos por 12 euros al día podrían ser
expulsados del país. (lavozdegalicia)
[20 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Cantabria. El PSOE pide facilidades para los empadronamientos de extranjeros en
Santander. No entiende que recurran las sentencias favorables dictadas por los tribunales.
(eldiaromontanes.es) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Castellón. Las bodas con extranjeros se han triplicado en cinco años El número de matrimonios en los que alguno de los cónyuges no es español
ascendió a 516 en el 2004. La fiscalía insta a extremar las precauciones a fin
de evitar fraudes de ley y las uniones de conveniencia.
(elperiodicomediterraneo.com) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Simplicación de los tramites de protección por desempleo. * Los beneficiarios de prestaciones percibirán íntegra su nómina al
eliminarse la retención de los diez primeros días de prestación
* Además, en breve, los beneficiarios podrán presentar sus solicitudes por
teléfono, correo e Internet [17 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | CC OO anuncia que la llegada de inmigrantes ya afecta a las condiciones
laborales en Euskadi El sindicato alerta de que los extranjeros acaparan casi todo el nuevo empleo
temporal y pide que se controle el flujo de irregulares. (elcorreodigital.com) [20 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Un tercio de los 573.000 extranjeros regularizados trabaja en el servicio
doméstico. Trabajo ha rechazado más de cien mil solicitudes de «sin papeles» que se suman a
la bolsa de irregulares que no pudieron acogerse al proceso extraordinario .
(abc.es) [17 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Andalucía Acoge valora porsitivamente que la Subdelegación de Cádiz permita a
los extranjeros cambiar de actividad y de provincia. Pide a la Secretaría de Estado que extienda esta medida a todas las oficinas de
extranjeros. [17 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | El 44% de los 35.000 inmigrantes residentes en Granada tiene permiso de trabajo. El jefe de la Unidad de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno, Sergio
Heredia, dijo que el 44 por ciento de los 35.000 inmigrantes que residen en
Granada tienen permiso de trabajo, y están en su mayoría empleados en los
sectores de hostelería, construcción, servicio doméstico y comercio.
(granadadigital.com) [16 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Madrid. Constitución del Foro Regional para la Inmigración.
El Gobierno regional invertirá este ejercicio 1.292 millones de euros en
integración de los inmigrantes. (portal-local.com) [16 - 2 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Alicante. UGT alerta de que unos 10.000 inmigrantes se quedarán sin empleo
El secretario general y la responsable de Igualdad de UGT en l'Alacantí, Óscar
Llopis y Sandra Díez, alertaron ayer de que 10.000 de los 40.000 inmigrantes
que se acogieron al último proceso de regularización en Alicante podrían perder
sus permisos de residencia y trabajo al no serles renovados sus contratos.
(laverdad.es)
[15 - 2 - 2006] [Texto completo]
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